Nos sobran los motivos para reivindicar

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Union de Oficiales
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Nos sobran los motivos para reivindicar

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GUARDIAS CIVILES: “NOS SOBRAN LOS MOTIVOS”

¿Es lógico que guardias civiles reivindiquen públicamente que no se debe reivindicar?

[albumimg align=left]287[/albumimg] [align=justify]Se trata de una posibilidad que puede ser cuestionada, una verdadera contrariedad, pero esa es la grandeza del derecho fundamental a la libertad de expresión, que desde su ejercicio incluso se puede cuestionar el propio derecho.

Es curiosa la actuación de un grupo de miembros de la Guardia Civil. Recientemente se han constituido en asociación profesional, autodefiniéndose asociación “pro” Guardia Civil (APROGC). Por fortuna no conocemos a ninguna asociación de guardias civiles que sea “anti” Guardia Civil. Esta asociación, en lógico uso de sus derechos, ha comenzado a hacer sus pinitos en los medios de comunicación, pese a que a día de hoy no tiene el carácter de asociación representativa al no estar presente en el Consejo de la Guardia Civil.

Pero la curiosidad no viene dada por la mera creación de esta nueva asociación, hoy algo normal y legal al amparo de la Ley Orgánica 11/2007. Lo singular es que esta asociación se opone al disfrute de los medios y derechos que a día de hoy proporciona la Ley Orgánica de derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil y que tienen por finalidad constituirse en herramienta para conseguir objetivos y mejoras concretas para los guardias civiles a través de manifestar el sentir de los profesionales que integran nuestro benemérito cuerpo”. Efectivamente, esta asociación pro Guardia Civil mantiene que derechos fundamentales como el de la libertad de expresión y el de manifestación, que tanto han costado ganar y consolidar en una sociedad avanzada como la nuestra, no deben ser disfrutados por parte de los guardias civiles.[/align]

Como sabemos, los derechos, los medios y recursos disponibles en potencia, no tienen, no deben ser utilizados nunca de manera gratuita. Ahora bien, esos medios , esos derechos deben estar siempre ahí para ser esgrimidos a favor de los verdaderos servidores públicos, sobre todo en tiempos en los que la seguridad de los ciudadanos puede estar en peligro. La ciudadanía merece cuerpos policiales de calidad. Todos los ciudadanos ven en la Guardia Civil un referente, un cuerpo querido y suyo, ningún dirigente debería apartarse de ese sentir. Cercenar derechos o estar a favor de ello solo depara una mayor inestabilidad para los profesionales y para la ciudadanía.

Esta organización pro Guardia Civil dice defender los valores tradicionales del Cuerpo. Es lo único que conocemos de ella. No hemos visto otros proyectos, no hemos podido leer sus propuestas de mejora salarial, de mejora de la jornada, de incremento de plantillas, de reforma de la de Ley de Personal, de eliminación de discriminaciones... Hasta ahora, su propuesta –que por supuesto respetamos- no es otra que la defensa de los valores tradicionales, de la Guardia Civil tradicional … ¿aquella en la que el guardia civil es sumiso por mor de su régimen disciplinario?, ¿aquella en la que la libertad de expresión brilla por su ausencia?...

Nos parece lícito y respetable que quieran esa Guardia Civil tradicional. Sin embargo se muestran incoherentes en su actuación. En los comunicados que hemos podido leer se oponen a la libertad de expresión y al derecho de manifestación de los guardias civiles por lo que no es comprensible que la defensa de este discurso la hagan desde la misma metodología que critican para otros. Si esta asociación mantiene que la defensa de los intereses socio-profesionales deben hacerse únicamente a través de los mecanismos internos del Cuerpo, no es comprensible que esta reivindicación “de Guardia Civil tradicional” la hagan a través de los medios de comunicación social. Parece un trabalenguas pero lo que está diciendo esta asociación se puede resumir en una frase del tipo: “Yo sí puedo reivindicar públicamente que tú no puedas hacerlo”.

De todos es conocida la “tradicional situación” laboral de los guardias civiles. La sociedad por completo sabe que son los funcionarios del ámbito policial peor pagados y con peores condiciones laborales. ¿Es esto casual? Sabemos que no. Sabemos que esta situación se debe, entre otras cuestiones, a la “tradicional” falta de capacidad de queja o reivindicación de los guardias civiles. Sin capacidad de reinvindicación, amparada como no, en el ordenamiento jurídico vigente, se hace muy dificil, imposible, todo avance, todo desarrollo en pro de equiparar a los “Guardias Civiles” en los mismos derechos y obligaciones que el resto de cuerpos policiales. Los Guardias Civiles nos hemos ganado “ a sangre y fuego” el reconocimiento de los ciudadanos y como en todo el reconocimiento debe ser adoptado por los dirigentes o ¿acaso no son ellos los elegidos por quien tiene la soberanía?

Para que una persona no se queje; para que un trabajador no reclame, existen dos posibilidades:

Una es que no tenga motivos para hacerlo. Algo totalmente alejado de la realidad, UTÓPICO, puesto que a la mayoría de los guardias civiles “nos sobran los motivos”.

La otra opción, lejos de eliminar las causas que provocan las quejas, es prohibir el derecho a la libertad de expresión y de manifestación, siendo esta última la opción elegida por la autodenominada “pro” Guardia Civil. Todo un “SIN SENTIDO”, algo antagónico con los tiempos y con la situación y poco propio de alguien que dice representar a miembros de nuestro cuerpo.

Claro está que cualquiera podría renunciar, peligrosamente, al ejercicio de un derecho fundamental si esta renuncia le proporcionase, en compensación, algún otro beneficio. Sin embargo, el hecho de que los guardias civiles carezcan del derecho a la libertad de expresión y de manifestación –en definitiva la capacidad de protestar- se ha saldado históricamente con unas peores condiciones laborales que el resto de trabajadores del ámbito policial y de la propia Administración Pública. Esas son las consecuencias de la falta de derechos: LA MISERIA. No es casual que sean los países más pobres aquellos en los que los ciudadanos carecen de más derechos –salvo para la minoría dirigente-. Es innegable que los derechos ayudan a conseguir más derechos y mejores condiciones sociolaborales. Sin embargo hay quienes se empeñan en que los guardias civiles, como lo han sido siempre, sigan siendo el perro flaco, al que todo se le vuelven pulgas y, no contentos con ello, quieran cortarle las patas para evitar que se rasque”.

¿Por qué renunciar a un derecho fundamental que ha demostrado ser eficaz en el logro de mejoras laborales?, ¿Por qué pretender la continuidad de una limitación de derechos que ha provocado peores condiciones laborales para los guardias civiles que para el resto de funcionarios?, ¿por qué renunciar al disfrute de derechos fundamentales sin obtener un beneficio a cambio?...

Sólo encuentro una explicación. Quién renuncia a un derecho en lugar de defenderlo es porque ya está disfrutando de un beneficio compensatorio y teme que el ejercicio de las protestas emergentes en uso del derecho fundamental de expresión y manifestación supongan el fin de esos beneficios disfrutados por unos pocos.

Señores de APROGC: la sociedad española quiere a la Guardia Civil, así se constata en las encuestas del CIS; pero eso no quiere decir que los ciudadanos quieran guardias civiles sin derechos, al contrario. La mayoría de los españoles están orgullosos de sus guardias civiles y es cierto que no quieren verlos en la calle manifestándose y quejándose. Ese momento llegará cuando no existan motivos para hacerlo o estos sean mínimos.

La sociedad no puede querer guardias civiles oprimidos, sin derechos fundamentales. Los españoles quieren y necesitan guardias civiles comprometidos con la defensa de los derechos y libertades públicas de todos los ciudadanos y ahí entran también los miembros de la Guardia Civil ¿o acaso no son los guardias civiles ciudadanos?. Debemos recordar que la Constitución Española no prohíbe estos derechos fundamentales a los guardias civiles, sino que permite que la ley los regule y, en caso de ser necesario, los limite. Si los padres de nuestra Constitución hubiesen querido guardias civiles sin derechos, lo habrían reflejado. Sin embargo, el Legislador fue consciente de la constante evolución de la sociedad y de que llegaría el día en que no tendría justificación alguna, como hoy no la tiene, que a los guardias civiles se les privase de ciertos derechos fundamentales. Por eso se dejó la puerta abierta, por eso la Constitución no prohibió esos derechos, por eso hoy existe una Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de la Guardia Civil que permite la libertad de expresión y de reunión-manifestación a los guardias civiles. Y así lo están sentenciando los tribunales.

El tiempo corre en una dirección y no va a esperar por la Guardia Civil. Si alguien cree que con retrasar las manecillas del reloj basta, debe saber que lo único que va a conseguir es llegar tarde, como tradicionalmente ha ocurrido con los derechos y las condiciones laborales de los guardias civiles.

Ojalá los guardias civiles fuesen los funcionarios con mejor jornada laboral. Ojalá los guardias civiles fuesen los empleados públicos con las mejores retribuciones. Ojalá los guardias civiles fuesen los trabajadores de la seguridad que contasen con los mejores medios. Ojalá no fuesen necesarias las asociaciones profesionales. Ojalá los guardias civiles no tuviesen motivos para quejarse... ojalá NUESTROS DIRIGENTES HICIERAN SUYO EL SENTIR DE LOS CIUDADANOS: “LA GUARDIA CIVIL SIEMPRE HA ESTADO AHÍ, LOS GUARDIAS CIVILES SON SERVIDORES, CIUDADANOS Y VÍCTIMAS, NUNCA, NUNCA HAN OLVIDADO QUE ESTÁN EN LA SENDA DEL BIEN, VELANDO POR LA LIBERTAD Y POR LOS DERECHOS, con todo el orgullo que eso conlleva”. Lamentablemente, sobran motivos para quejarse, sobran motivos para apreciar que algunos dirigentes van por otros derroteros. Justicia es el hábito de dar a cada cual lo suyo “SUUM CUIQUE TRIBUERE”.


Jesús Martín Vázquez
Abogado – Portavoz de la Unión de Oficiales

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Re: Nos sobran los motivos para reivindicar

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EXPRESARSE LIBREMENTE EN CONTRA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Pro guardias civiles sin derechos

La Asociación Pro Guardia Civil ha emitido un comunicado reivindicando el carácter militar de la Guardia Civil y renuncian al derecho de manifestación de los guardias civiles. Defienden la naturaleza militar del Cuerpo “aunque ello conlleva renunciar a derechos que la mayoría de los ciudadanos tienen, así lo asumimos el día que decidimos ser guardias civiles”.
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Imagen [/align]

Es la primera vez que escucho que una asociación se moviliza para renunciar a un derecho constitucional. Lo que me hace pensar que el derecho de manifestación y expresión de los guardias civiles les estorba tanto que no les ha impedido tener una hemorragia de satisfacción democrática y que arrojadamente tomen la constitución y declaren que “haciendo uso de la libertad de pensamiento y expresión estamos de acuerdo en esa limitación de derechos”. Lo que no llego a discernir es por qué hacen uso de unos derechos constitucionales para pedir restringir legítimos derechos a otros compañeros.

La ASOCIACION PRO GUARDIA CIVIL ha conseguido constituirse en asociación gracias al sufrimiento y esfuerzo de muchos guardias civiles que han sido sancionados y privados de libertad por defender esos derechos –asociación, expresión, manifestación- y sin sonrojarse se aprovechan de logros ajenos para renunciar a derechos de los que ellos no se consideran acreedores. Coexisten otros derechos irrenunciables como el de la productividad. Ese, ni tocarlo.

Me viene a la mente mi amigo y compañero Alfonso Carrasco, privado de libertad al manifestarse por conseguir la seguridad social para todos los guardias civiles. Un derecho conquistado en la calle arriesgando su estabilidad personal, profesional y familiar; por lo que fue privado de libertad. Nos manifestamos y gracias a muchos “Alfonsos Carrasco” conseguimos la seguridad social, pero PRO GUARDIA CIVIL no renuncia a este derecho, ellos sólo renuncian a los derechos de los demás.

Sin embargo todo no son malas noticias, y esta misma semana hemos conocido la sentencia del juicio celebrado el pasado 11 de mayo, en el Juzgado de Instrucción nº 42 que ha resuelto la absolución de los tres dirigentes de AUGC Ángel Casanova, Alberto García Llana y Juan Antonio Gil, que dieron una rueda de prensa convocada por nuestra organización para denunciar la persecución por parte del Ministerio a los cargos representativos de AUGC. Lo hicieron vistiendo parte de la indumentaria oficial lo que motivó que el ministerio fiscal, a instancias de la Guardia Civil, presentara una querella por uso indebido del uniforme.

En dicha sentencia queda acreditado que “los denunciados, en el ejercicio de su derechos constitucionales a la libertad de expresión, hicieron uso del uniforme, o al menos de parte del mismo, en un acto convocado por una Asociación legalmente constituida, por lo que no puede ser negado de plano su carácter institucional, y con la única finalidad de informar y llamar la atención a la opinión pública a cerca de la situación que a juicio de dicha asociación atravesaba el Instituto Armado”. La propia sentencia reconoce “como finalidad de dicho acto la de provocar impacto mediático, al tratarse de cuestiones de interés general y con la finalidad de transmitir mejor el mensaje asociativo”.

También hemos celebrado que el Partido Popular haya retirado la enmienda en el Senado sobre el derecho de manifestación de los guardias civiles. Los esfuerzos deben ir encaminados en mejorar el servicio que se presta a los ciudadanos sin abandonar las condiciones de trabajo de los trabajadores de la Guardia Civil, porque sin esa simbiosis es imposible conseguir una mejor Institución al servicio de todos.

Son muchas sentencias ganadas en defensa del derecho de manifestación y expresión de los guardias civiles. No se casan de intentar privarnos de estos derechos, pero si quereros presumir de vivir en un país democrático deben aceptar que los ciudadanos, independientemente de su profesión, son portadores de derechos y que si en algo no se puede tacañear es en la restricción de los derechos fundamentales de los ciudadanos.


Por Asociación Unificada de Guardias Civiles -AUGC-

El Faro de Ceuta • DOMINGO 19 DE JUNIO DE 2011

http://www.elfarodigital.es/blogs/245-a ... echos.html

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ARTICULO DE PORTADA DE LA PAGINA WEB DE LA ASOCIACION PROFESIONAL APROGC

http://www.aprogc.es/joomla/index.php?o ... Itemid=136

Son partidarios que se adopten medidas disciplinarias contra compañeros asistentes a la manifestación del 1º de mayo
IGUALDAD PARA TODOS: Preocupante que el Director Gral. mire para otro lado

Viernes, 24 de Junio de 2011 12:36 | Escrito por Junta Directiva |

APROGC opina - Opiniones de los socios

El pasado 18 de septiembre de 2010, algunos miles de guardias civiles se manifestaron a las puertas de la sede central de la Guardia Civil en Madrid para expresar su malestar por las condiciones profesionales y laborales a las que se sujeta su servicio, contando con el apoyo y presencia de sindicatos de clase, de sindicatos de policías y de algún partido político.

Como es conocido, dicha manifestación tuvo lugar tras haber sido levantada judicialmente la prohibición administrativa que pendía sobre la misma, pues la Delegación del Gobierno en Madrid la había prohibido al entenderse que había sido convocada inspirándose en principios de confrontación propios de los sindicatos. Quizá, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que autorizaron finalmente la manifestación albergaban la idea de que ésta podría discurrir por cauces de corrección desprovistos de presión, ajenos a la indisciplina, a la falta de neutralidad sindical y política y al desarrollo de conductas impropias de los guardias civiles; pero a la postre, se dieron conductas que resultaron tan grotescas como indecorosas. La realidad nos dejó atónitos: ¡eran guardias civiles, o pasaban por serlo, quienes aquel día gritaron e injuriaron al Presidente del Gobierno, al Ministro del Interior y a su propio Director General a voces, en plena vía pública y con toda la prensa delante! Desde luego, su presencia en ese entorno y en ese contexto no podría ser interpretada más que como un pulso a las Autoridades y una palmaria demostración de presión.

Con la serenidad que da analizar los hechos desde la distancia, queremos indicar también que la Sentencia 847/2010 de 16 de septiembre, del TSJM se pronunció además sobre cómo entender el concepto de manifestación de carácter sindical. Tiene su importancia, y no poca, porque en el artículo 8 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, Reguladora de los Derechos y Deberes de los Miembros de la Guardia Civil, se limita el ejercicio del derecho de reunión tanto a guardias civiles como a asociaciones profesionales en aras de preservar la neutralidad política y sindical y se prohíbe expresamente que los guardias civiles organicen “manifestaciones o reuniones de carácter político o sindical“. En el fundamento jurídico sexto de la sentencia se sostiene “con rotundidad que, a los efectos de la limitación del derecho de reunión de los guardias civiles, carecen de tal naturaleza [sindical] las de promoción de sus intereses profesionales, en la medida en que las desenvuelvan al margen de la actuación de cualquier organización sindical”. Recalquemos esto último y en letras bien grandes: “en la medida en que las desenvuelvan al margen de la actuación de cualquier organización sindical”. Pero no fue eso lo que pasó: por allí aparecieron los del SUP y también conocidos dirigentes de sindicatos de clase (UGT y CCOO) que no se quedaron precisamente “al margen”.

En el mismo fundamento jurídico, reiterando esta interpretación, el Tribunal se refiere a otra manifestación anterior que considera incluida dentro del concepto prohibido de manifestación de carácter sindical, aduciendo sobre la misma que “la reunión tenia un claro carácter sindical, respecto de los convocantes (sindicatos policiales) y de uno de sus objetos”.

En definitiva, ha de entenderse que cuando el desenvolvimiento de las actividades de las asociaciones profesionales para la promoción de intereses profesionales tenga lugar en íntima conexión con organizaciones sindicales, se dispensará a aquellas actividades esa naturaleza sindical, pasando a conformar las que se prohíben en la LO 11/2007 y las que, en sintonía con esa prohibición, están tipificadas como constitutivas de la falta muy grave por desarrollar actividades sindicales que se contempla en el artículo 7.3 del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil aprobado por la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre.

Todo lo anterior nos tuvo ocupados y preocupados durante el otoño pasado. Ahora, avancemos unos cuantos meses hasta bien entrada esta primavera.

Desde que el 1 de mayo de 1886 cuatro sindicalistas anarquistas murieran en Estados Unidos tras una jornada de huelga en la que se reclamaba una jornada laboral de ocho horas, esta fecha constituye la fiesta por antonomasia del movimiento sindical y obrero internacional. Fiesta legítima, reconocida y respetada, aunque tradicionalmente ajena a los usos y al sentir de los guardias civiles.

Como todos los años, las principales organizaciones sindicales españolas celebraron este año tal conmemoración convocando en las principales ciudades españolas distintas manifestaciones y concentraciones que, en esta ocasión, estuvieron marcadas por el rechazo a la política social y económica del Gobierno en materia laboral. ¿Puede haber algo con mayor contenido sindical que este tipo de reivindicación?

En al menos dos de estas manifestaciones, que, según el criterio del propio TSJM y considerados los convocantes, tendrían un inequívoco carácter sindical, participaron miembros del Cuerpo de la Guardia Civil que hicieron patente su condición profesional al esgrimir ostensiblemente la pancarta de una de las principales asociaciones profesionales de guardias civiles. De hecho, identificados varios asistentes como miembros del Cuerpo, los mandos de las dos comandancias donde tuvieron lugar los hechos cursaron sendos partes disciplinarios por falta muy grave contra los participantes identificados. Como no podía ser de otra manera, los partes siguieron el conducto reglamentario pasando por diversos escalones jerárquicos superiores, el Servicio de Régimen Disciplinario y la Asesoría Jurídica. Como consecuencia de ello, muchos miembros de la Guardia Civil han tenido la ocasión de conocer en detalle los pormenores de este caso, que por otra parte era público pues la supuesta falta muy grave había sido cometida en público.

Con la solvencia del indiscutible respaldo que pudiera proporcionar la antedicha Sentencia del TSJM, al parecer, los referidos partes le fueron presentados antes de su reciente viaje a China, al Director General de la Policía y de la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez, primera instancia competente para ordenar la incoación de los preceptivos procedimientos disciplinarios por falta muy grave. Sin embargo, parece ser que a pesar del pronunciamiento judicial del TSJM, a pesar del posicionamiento de la cadena de mando y a pesar de la valoración de la Asesoría Jurídica, aún no se ha tomado la decisión de incoar los correspondientes procedimientos disciplinarios conforme al art. 39 de la Ley Orgánica 12/2007, ni tampoco se ha comunicado a quienes habían dado el parte la no incoación motivada de esos procedimientos de acuerdo a lo dispuesto en el art. 40 de la misma Ley.

De esta forma, la grave responsabilidad disciplinaria en la que al menos en principio parece que pudieron incurrir algunos guardias civiles con total publicidad pudiera quedar impune, defraudando las convicciones de muchos profesionales, guardias civiles de las diferentes Unidades y Servicios participantes en la valoración inicial de los hechos e impulso del proceso. Si esto sucediera, se estaría asestando con ello un mazazo a ese principio esencial y consustancial a una institución como la Guardia Civil tan valorado por muchos y tan denostado por pocos: la disciplina. En este sentido, confiamos en que la decisión que corresponda se adopte dentro de los plazos legales de prescripción de las faltas muy graves en beneficio de la unidad, cohesión, jerarquía y disciplina en nuestro Cuerpo.


Madrid, 7 de junio de 2011

Actualizado (Viernes, 24 de Junio de 2011 16:11)
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