Posibles Coacciones

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osouto
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Posibles Coacciones

Mensaje por osouto »

Quería que me dierais vuestra opinión sobre el siguiente tema: Unos obreros tratan de realizar unos trabajos de desmonte, utilizando para ello máquinas excavadoras. Unos vecinos, en desacuerdo con las obras, se ponen delante de las máquinas impidiendo el trabajo de los operarios.
¿Existe delito de coacciones?, teniendo en cuenta que no ejercen violencia física, que sólo se sitúan delante de las máquinas.

¿Cuál sería vuestra actuación?

Un saludo y muchas gracias.

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Aquiles
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Re: Posibles Coacciones

Mensaje por Aquiles »

En mi opinión la violencia es el ingrediente principal de este plato, que consiste en imponer a otro una conducta tanto con violencia en la personas como en las cosas, e incluye además la violencia de tipo moral, y paso a comentarte un caso de violencia en las cosas: Abrir zanjas en torno a un edificio en construcción, consiguiendo la paralización de la construcción del mismo, construcción que estaba autorizada (S23-1-81). Otro ejemplo, cambiar cerraduras a un inquilino para impedirle el correcto uso de un piso sobre el que mediaba un contrato que había prescrito; cortes de distintos suministros, luz, agua, a vecinos para impedir el disfrute de los mismos.

Este tipo de casos suele ocurrir frecuentemente con los piquetes que cortan los accesos a sus compañeros de trabajo, para impedirles su perfecto derecho al trabajo. He estado buscando algo de casuismo y no he encontrado nada en torno a si estos señores, que por la "via pacífica" impiden igualmente los derechos a terceros, se les podría encajar la conducta por la via de la violencia moral, tengo mis dudas y haber si alguien de asuntos legales nos echa el capotillo de San Fermín.

Precisamente el otro día tuve un caso de huelga en el que los trabajadores precisamente hicieron eso, impedir el paso durante 5 minutos a los directivos de la empresa; despues de mediar (como siempre andamos poniendo la jeta) les hice ver que no podían impedir el paso y que estaría justificado su desalojo por la fuerza, además de advertirles que si tocaban al directivo procedería a su inmediata detención por coacciones. La verdad es que lo retuvieron 5 minutos, pitos, abucheos y fuera lo dejaron pasar, pero me quedó esa duda: ese tipo de actitud pasiva y obstaculizadora que aún siendo pacífica, ¿se podría encajar dentro de la violencia?.-
Una injusticia hecha a uno es una amenaza a todos

osouto
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Re: Posibles Coacciones

Mensaje por osouto »

Gracias por aportar vuestras opiniones y experiencias. Mi actuación, por el momento, se va desarrollando como vosotros comentais, capeando el temporal, con diálogo y "talante". Yo también había leído algo de violencia moral, pero no he encontrado jurisprudencia que se ajuste a este supuesto.

Un saludo.

kyohan
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Re: Posibles Coacciones

Mensaje por kyohan »

Hace tiempo tuve un problema similar con unas máquinas que iban a hacer una obra y los vecinos del pueblo (muchos ancianos) se pusieron delante. Tome nota de los tres cabecillas por otra documentación que había en el Puesto y los denuncié a la 1/92 por desobediencia y alteración del orden público.

1 saludo.

fouche
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Re: Posibles Coacciones

Mensaje por fouche »

[quote user="kyohan" post="40341"]Hace tiempo tuve un problema similar con unas máquinas que iban a hacer una obra y los vecinos del pueblo (muchos ancianos) se pusieron delante. Tome nota de los tres cabecillas por otra documentación que había en el Puesto y los denuncié a la 1/92 por desobediencia y alteración del orden público.

1 saludo.[/quote]

Personalmente aconsejo que se utilicen otras normas para sancionar que la famosa 1/92 ya que ni se imaginan la gran cantidad de denuncias que acaban en la papelera por no subsumir convenientemente la acción de los tipos administrativos, etc. Por ejemplo, al denunciar a esos ancianos por estar sentados impidiendo el paso de unas máquinas por alterar el orden público, ¿se describió en la denuncia en qué consistió tal alteración?, ¿la desobediencia, vino originada tras dar la correspondiente orden legítima de hacer o no hacer?, etc. A estas cosas me refiero, por ejemplo.
Por mi profesión y por tener algún amigo en alguna Delegación que tramita estas denuncias sé que la mayoría de denuncias ni se instruyen, otras se aperturan porque hay "indicios" de que no serán alegadas y hay "solvencia", etc.
Para usar esa defectuosa y mala Ley 1/1992 es mucho mejor utilizar las Ordenanzas municipales de convivencia, seguridad, orden público, vía pública, etc. o las autonómicas que existan. Presentan unos tipos administrativos sin menos cláusulas jurídicas indeterminadas, su tramitación es más rápida y las sanciones que incorporan hacen más "pupa".
Como pueden ver, no soy GC, aunque lo fuí, y no gustaría nada en mi colectivo leer estas cosas. Pero me da igual.

PD: el derecho de manifestación requiere notificación y autorización gubernativa, pero el derecho de reunión no. Según cómo se planteen las cosas se puede estar en un ámbito o en el otro, con las consecuencias legales que implica tal diferencia.

baucle
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Re: Posibles Coacciones

Mensaje por baucle »

Fouche, no sé en que provincia trabajarás o conocerás a personal de la Delegación del Gobierno, pero yo en las dos comandancias que he estado destinado en Seguridad Ciudadana de cada denuncia a la Ley 1/92 que poniamos (y eran bastantes) nos comunicaban la resolución adoptada y ahora no recuerdo ninguna que no fuera una sanción económica. Yo considero que es una ley muy efectiva en alteraciones del orden (bien redactada la denuncia claro), en consumos de drogas y otros aspectos y nunca usaría una ordenanza municipal para que el denunciado sea primo de un concejal y se quedara la cosa en nada, salvo que no haya otra disposición que pueda ser aplicada.

Un saludo.

fouche
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Re: Posibles Coacciones

Mensaje por fouche »

[quote user="baucle" post="40438"]Fouche, no sé en que provincia trabajarás o conocerás a personal de la Delegación del Gobierno, pero yo en las dos comandancias que he estado destinado en Seguridad Ciudadana de cada denuncia a la Ley 1/92 que poniamos (y eran bastantes) nos comunicaban la resolución adoptada y ahora no recuerdo ninguna que no fuera una sanción económica. Yo considero que es una ley muy efectiva en alteraciones del orden (bien redactada la denuncia claro), en consumos de drogas y otros aspectos y nunca usaría una ordenanza municipal para que el denunciado sea primo de un concejal y se quedara la cosa en nada, salvo que no haya otra disposición que pueda ser aplicada.

Un saludo.[/quote]

Pues será en las dos únicas comandancias donde, extrañamente, comunican a los agentes denunciantes las resoluciones finales de los procedimientos que aperturan, las cuales pueden ser recurridas en la jurisdicción contenciosa, y de esto seguro que no saben cómo finalizan los procedimientos, esta vez, judiciales.
De cada 10 denuncias cursadas por la 1/92 por lo menos 7 apenas incorporan 3 líneas, incluso otros defectos habituales que ahora huelga comentar. Incluso hay delegaciones y subdelegaciones (creo que la de Burgos es la más famosa, aunque puedo errar) que han dictado circulares a los CFS informando de ciertos "vicios" adquiridos que provocan el archivo directo de la denuncia (por ejemplo, sobre los famosos art. 26.j e i).
Cada uno hace lo que desea dentro de sus competencias. De todas formas de cursar una denuncia yo preferiría tener más probabilidades de ser efectiva al final del procedimiento (todo, administrativo y, en su caso, judicial) que no esperar a que suene la flauta.
Salu2.

PD: Supongo que no confundirá el contestar alegaciones con una resolución administrativa que finaliza el procedimiento administrativo. Luego viene la ejecución de esa sanción, eso si no hay recurso contencioso-administrativo (para cantidades mínimas no vale la pena, pero para otras sí).
No dudo de lo que me dice, pero me cuesta muy mucho creer que los negociados administrativos donde tramitan esos procedimientos, siempre más que saturados de faena y papeles, se pongan a remitir una copia de la resolución al agente denunciante. Podemos preguntar aquí mismo, en este foro, y ver si otros foristas reciben también esas notificaciones. Así, ESPERAMOS CONTESTACIONES.

fouche
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Re: Posibles Coacciones

Mensaje por fouche »

Un ejemplo de las Orientaciones dictadas por lal diversas delegaciones del gobierno acerca de los "vicios" adquiridos, que son muchos y repetidos. Aquí pongo un ejemplo: Delegación del Gob de Asturias, año 2000

COMENTARIOS ORIENTATIVOS EN ORDEN A LA COORDINACIÓN DE ACTUACIONES EN LA FORMULACIÓN DE DENUNCIAS POR DETERMINADAS INFRACCIONES A LA LEY ORGÁNICA 1/1992, DE 21 DE FEBRERO, SOBRE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA, (modificada por la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto) Y A LOS REGLAMENTOS A QUE DA COBERTURA LEGAL LA MISMA. EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA. Aplicación del artículo 26.h).

El art. 26.h de la LO 1/1992 ... no tipifica cualquier comportamiento reprobable desde el punto de vista social, sino únicamente el que consista en "alterar la seguridad ciudadana" u "originar desordenes en las vías, espacios o establecimientos públicos", que por el sentido de sus términos, exige turbar una situación de paz, creando otra de peligro contrario a esa seguridad, que afecte a la pacífica convivencia. Con relativa frecuencia, se reciben en esta Delegación del Gobierno denuncias en las que se reprocha al denunciado expresiones u ofensas graves dirigidas a los Agentes, que si bien se desarrollan en las vías o espacios públicos, quedan en la privacidad entre el Agente denunciado y el denunciado, careciendo el hecho de real trascendencia pública, por lo que los mismos no pueden subsumirse en el tipo descrito en el artículo 26.i) de la LOPSC, al faltar la indispensable dimensión colectiva que exige el citado precepto.
De otra parte, el artículo 634 del Código Penal, declara culpable de falta a "los que faltaren al respeto y consideración debida a la Autoridad o sus Agentes, o los desobedecieran levemente, cuando ejerzan sus funciones", por lo que este tipo de conductas se encuentran claramente tipificadas en el ámbito penal, y en consecuencia, lo procedente es dar cuenta de las mismas a la Autoridad judicial, a fin de tramitar el correspondiente procedimiento penal......

baucle
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Re: Posibles Coacciones

Mensaje por baucle »

Estimado fouche, evidentemente no confundo contestar alegaciones o pliegos de descargo con un resolución administrativa, me ha tocado contestar bastantes.

Por otra parte sí tienes toda la razón en esas directivas sobre denuncias que deben ser tramitadas por la vía penal al faltar al respeto a agentes de la autoridad, efectivamente eso es así y está muy claro, nosotros incluso recibimos órdenes de ello de nuestros propios mandos con anterioridad a esa directiva.

Yo a las denuncias que me refiero son altercados entre civiles o desordenes provocados por civiles, en ocasiones delante de menores y todo ello bien expresado en la denuncia. Además si el provocador de los desordenes lo hacía reiterademente y era cazador, lo proponía para la revocación de la licencia de armas al Jefe de la Comandancia, ya que aparte de nuestras denuncias a la Ley 1/92 solían estar denunciado por faltas de lesiones o de insultos por algún vecino.

Otras de las denuncias claras y que se sancionaban eran las del artículo 25 de la Ley 1/92 por el consumo de drogas en espacios públicos.

La verdad que ahora llevo 6 años en un órgano central de Policía Judicial y no sé muy bien como están las cosas en la actualidad sobre estas denuncias y puede ser que ahora estén las cosas como tu dices, pero te aseguro que hace 6 o 7 años yo no tenía problemas y nos comunicaban las resoluciones, quizás por ser provincias pequeñas y tranquilas.

En mi destino actual ningún juzgado de España nos comunica ninguna pena después de todos los juicios a los que asisto por todo el territorio nacional.

forcada
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Re: Posibles Coacciones

Mensaje por forcada »

Creo que nos desviamos del origen de este Post...Que parece bien sencillo y que desde luego es bien complejo y desagradable:

Te encuentras con unas personas mayores, que defienden su tierra, que muchas veces por no estar bien informados, ven como los están atropellando e incluso se las están "robando"...HAY QUE ESTAR EN EL SITIO...Se reciben presiones de un lado y de otro, te sugieren que acabes con el problema...pero nadie te apoya...si acaso te mandan una pareja más para apoyo...¿apoyo de que...?

Lo que necesito es apoyo legal, denuncias, peticiones formales de fuerza pública, instrucciones directas del mando, ordenes del delegado de gobierno....A MI SOLO ME QUEDA:

Ser espectador y notario...o sea ser espectador activo...NO esperar a que pase algo serio para escribir, para ver con quienes me juego las habichuelas....y si para ello tengo que provocar que las partes no se limiten a participar del baile, sin pagar por ello; pues me buscaré la vida para que me vengan a visitar a mis dependencias oficiales y estampen su firma en algún documento..llamese atestado...con el fín de que todos juguemos en igualdad de condicciones.

Si no se escribe desde el principio, nos pillará el toro, seguro...y no me estoy refiriendo a la Ley 1/92, que si fuere extrictamente necesario también, me estoy refiriendo a que el problema nunca debemos provocarlo ni agrabarlo nosostros, tenemos que tener la habilidad suficiente para es espectadores imparciales y fieles notarios y si pudiesemos HOMBRES BUENOS...pues también.

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