Dicho y expuesto lo anterior, formulo mi pregunta: ¿Qué forma verbal de saludo militar se debe de emplear y se ajusta a derecho, cuando un inferior jerárquico se dirija a un superior?. Si en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas no está descrita, aunque si hace mención en su artículo 52 de la forma que debe de llevarse a cabo (pero solo habla de la correcciónArtículo 2. Ámbito de aplicación
1. Estas Reales Ordenanzas son de aplicación a todos los militares profesionales de las Fuerzas Armadas, salvo que estén en situaciones administrativas en las que tengan suspendida su condición militar. También serán de aplicación a los alumnos de la enseñanza militar de formación. Asimismo son de aplicación, cuando se encuentren incorporados a las Fuerzas Armadas, a los aspirantes a reservista y a los reservistas.
2. Dada la naturaleza militar de la Guardia Civil y la condición militar de sus miembros,
en su normativa específica se recogerá lo que disponen estas Reales Ordenanzas en
aquello que les sea aplicable.
y energía en el saludo, no habla de la fórmula verbal, entonces..¿cual se debe de emplear?... ¿Es de aplicación para la Guardia Civil el artículo 287 de las Reales Ordenanzas para el Ejército de Tierra?... Si es de aplicación para los miembros de la Guardia Civil el citado artículo 287 de las RR.OO.E.T., entonces si que existe normartiva, y si no fuera así no existiería precepto legal alguno de aplicación en la Guardia Civil, por lo que el Guardia cuando se dirija a un superior podría emplear la fórmula verbal que le diera la gana ¿no?, como podría ser: "buenos días", "hasta luego", "adiós", "salud"... etc..., O desde las RR.OO.FAS. nos podría remitir legalmente a las RR.OO.E.T., para ser el artículo 287 de estas últimas aplicado a miembros de la Guardia Civil.
A ver si alguien me puede aclarar lo expuesto con jurisprudencia. Significar que tengo la famosa Sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero de Madrid, de 29 de diciembre de 2008, la de la residencia de Figueras que creo que es bastante conocida. A ver si existe otra mas reciente y si alguien la tiene que tenga la amabilidad de colgarla por aquí.Artículo 287
Todo militar que deba dirigirse de palabra a un superior se cuadrará ante él, le saludará y le dirá "a la orden de (tratamiento) mi (empleo del superior)" cuando tenga tratamiento de excelencia o señoría y "a sus órdenes mi (empleo del superior)" cuando tenga el de usted, quedando luego en la posición de firmes mientras no se le indique otra cosa; al despedirse se cuadrará, empleará la fórmula "ordena (tratamiento) alguna cosa mi (empleo del superior)" y volverá a saludar. Cuando encontrándose en formación haya de dar parte de novedades, permanecerá saludando mientras lo expone; el superior lo recibirá de igual modo.
Ahí quedan mis preguntas.
Saludos castrenses.