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NOTICIA
 
01-08-2013 - Policia - Administrador

Prohibido fumar en los coches patrulla de la Policía. Interior concluye que los vehículos tienen la consideración de “lugar de trabajo”
Prohibido fumar en los coches patrulla de la Policía. Interior concluye que los vehículos tienen la consideración de “lugar de trabajo”

A la espera de que Tráfico decida si prohibe o no fumar en los automóviles, la Policía Nacional ya ha comunicado a sus agentes que ellos no podrán hacerlo en los coches patrulla. La Dirección Nacional ha justificado esta decisión asegurando que esos vehículos se pueden considerar "lugar de trabajo".

Según ha sabido El Confidencial Digital, la circular está siendo enviada esta semana a todas las comisarías del Cuerpo, despues de que el pasado 25 de julio fuera redactada, sellada, y firmada por el Jefe de Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Policía, José Antonio Nieto González.

La decisión se ha tomado después de que el 20 de junio, la Subdirección General de Recursos Humanos pidiera un informe sobre si el vehículo policial en servicio tiene la consideración de lugar de trabajo a efectos de la prohibición de fumar.

Además, en la citada Subdirección se pedía aclarar si la prohibición debía afectar solo al conductor, o también al copiloto y demás acompañantes.

Decisión basada en la Ley Antitabaco y el Decreto de Prevención de Riesgos Laborales

En la nota interior donde se da parte de esta decisión, se explican que la Ley 42/2010, conocida como la ‘Ley Antitabaco’, entiende que “los vehículos de transporte no sólo abarcan a los que transportan a los trabajadores a su centro de trabajo sino que comprende a los vehículos que sean utilizados para realizar actividades policiales”.

Eso incluye a los coches patrulla de la  Policía, así como a otros vehículos de transporte interurbano público, los taxis, y las ambulancias.

Además, la Subdirección también recuerda que, en el Real Decreto 171/2004 sobre Prevención de Riesgos Laborales se afirma que “cualquier área, edificada o no, en la que los trabajadores deben permanecer o a la que deban acceder por razón de su trabajo” debe tener consideración de “lugar de trabajo”.

De esta manera, los vehículos policiales tendrán, a partir de ahora, esa consideración, por lo que ningún agente podrá fumar en los coches patrulla.

http://www.elconfidencialdigital.com/seguridad/085854/prohibido-fumar-en-los-coches-patrulla-de-la-policia-interior-concluye-que-los-vehiculos-tienen-la-consideracion-de-lugar-de-trabajo

 
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