RECURSO CONTRA CURSO COMPLEMENTO DE FORMACIÓN
Publicado: 04 Feb 2016, 03:17
Recurso contra la OM que regula los Cursos de Complementos de Formación
La Unión de Oficiales ha presentado recurso, ante la Audiencia Nacional, contra la Orden Pre/2840/2015 por la que se regula el curso de complemento de formación para la integración e incorporación a la nueva Escala de Oficiales de la Guardia Civil, ya que su aplicación genera situaciones claramente discriminatorias para algunos de los Oficiales que decidan hacer estos cursos.
Es el caso, por ejemplo, de aquellos oficiales que accedieron a su respectiva escala eligiendo el francés para la prueba de idiomas y que ven como el curso de complemento, preceptivo para formar parte de la nueva escala de Oficiales, solo incluye el inglés como asignatura de idiomas.
Además, por otro lado, hay que añadir que se considera a todas luces insuficientes, los 6 créditos asignados a dicha asignatura teniendo en cuenta que se trata de un curso en el que hay que formar de un modo real y efectivo para conseguir un nivel equivalente al SLP 2.2.2.2, tal y como establece la Orden PRE/2900/2011 de 25 de octubre de 2011 que regula las competencias lingüísticas de los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil.
Otro de los motivos que argumentan el recurso está referido a que no se contempla la posibilidad de repetir curso para aquellos alumnos que suspendiesen, pese a que la ley ordena que, reglamentariamente, se establezcan las condiciones de repetición.
Uno de los puntos más polémicos es el relativo a la existencia de la modalidad de curso que conduce a la obtención del CACES (Necesario para el ascenso a Comandante) en el que se establece como único requisito el llevar cinco años en el empleo de Capitán. Con esta elección de criterio, a todas luces arbitraria, nos podríamos encontrar con dos capitanes de la misma promoción, con idéntica formación pero que a uno de ellos le falten tres días para cumplir los cinco años en el empleo. Así, mientras uno puede optar a la modalidad “privilegiada” del curso, el otro se ve abocado a la versión “básica” por sólo 3 días.
Desde Unión de Oficiales somos conscientes de que es una cuestión regulada por ley pero con ello pretendemos provocar una cuestión de constitucionalidad sobre el texto legal, como haremos con ocasión de cualquier sucesivo desarrollo de la ley que perjudique los derechos e intereses de todos aquellos oficiales que decidan integrarse en la nueva escala.
La Unión de Oficiales ha presentado recurso, ante la Audiencia Nacional, contra la Orden Pre/2840/2015 por la que se regula el curso de complemento de formación para la integración e incorporación a la nueva Escala de Oficiales de la Guardia Civil, ya que su aplicación genera situaciones claramente discriminatorias para algunos de los Oficiales que decidan hacer estos cursos.
Es el caso, por ejemplo, de aquellos oficiales que accedieron a su respectiva escala eligiendo el francés para la prueba de idiomas y que ven como el curso de complemento, preceptivo para formar parte de la nueva escala de Oficiales, solo incluye el inglés como asignatura de idiomas.
Además, por otro lado, hay que añadir que se considera a todas luces insuficientes, los 6 créditos asignados a dicha asignatura teniendo en cuenta que se trata de un curso en el que hay que formar de un modo real y efectivo para conseguir un nivel equivalente al SLP 2.2.2.2, tal y como establece la Orden PRE/2900/2011 de 25 de octubre de 2011 que regula las competencias lingüísticas de los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil.
Otro de los motivos que argumentan el recurso está referido a que no se contempla la posibilidad de repetir curso para aquellos alumnos que suspendiesen, pese a que la ley ordena que, reglamentariamente, se establezcan las condiciones de repetición.
Uno de los puntos más polémicos es el relativo a la existencia de la modalidad de curso que conduce a la obtención del CACES (Necesario para el ascenso a Comandante) en el que se establece como único requisito el llevar cinco años en el empleo de Capitán. Con esta elección de criterio, a todas luces arbitraria, nos podríamos encontrar con dos capitanes de la misma promoción, con idéntica formación pero que a uno de ellos le falten tres días para cumplir los cinco años en el empleo. Así, mientras uno puede optar a la modalidad “privilegiada” del curso, el otro se ve abocado a la versión “básica” por sólo 3 días.
Desde Unión de Oficiales somos conscientes de que es una cuestión regulada por ley pero con ello pretendemos provocar una cuestión de constitucionalidad sobre el texto legal, como haremos con ocasión de cualquier sucesivo desarrollo de la ley que perjudique los derechos e intereses de todos aquellos oficiales que decidan integrarse en la nueva escala.