Cte De Puesto=Instructor Diligencias?

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genesis
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Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?

Mensaje por genesis »

Pero hombre, exposición de hechos (lectura de derechos y cumplimentación de derechos) y al calabozo o en libertad, con citación y posteriormente a instruir las diligencias correspondientes, si aquí todo está inventado.-
Un saludo.-

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depeche
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Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?

Mensaje por depeche »

[quote user="Centauro" post="95465"]Pues en ese Puesto si es tan conflictivo tendra un Guardia de Puertas o de incidencias o sera principal y tendra sus tres areas, teniendo el servicio cubierto las 24 horascon mas de una patrulla, porque al ser tan conflictivo es imposible pedir al Comandante de Pueto que instruya una diligencia sobre las 3 de la madrugada, otra sobre las 12 del mediodia y otra a las 20 horas, mientras que otros se limitn a hacer su turno y alé que despues del triplete libro y no me molesta nadie.
El caso que nos ocupa es de un Puesto pequeño del interior por lo que el ejemplo de Puesto conflictivo no vale.
Alé a instruir la diligencia y aprender la profesión.[/quote]

en el puesto, al que yo me refiero, solo hay puertas de 8 a 15 horas y se intruyen mas de 2000 atestados al año, si quieres mas datos estare encantado de dartelos por privado (se que eres guardia civil seguro, por el color de tu nick), a veces, no hay efectivos ni para cubrir las 24 horas de patrulla, es mas, te podria decir puestos, que incluso tienen mas volumen de trabajo, con escasisimos efectivos, a veces una patrulla cubre mas de 80.000 habitantes, como te digo, si quieres por privado te los digo, y tu lo confirmas.

saludos.
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argom
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Mensaje por argom »

El comte de puesto debe ser el instructor de las diligencias cuando lo crea oportuno.
Cualquier Guardia Civil es más que capaz para instruir diligencias, porque, qué diferencia hay entre un Guardia Civil que está destinado en el área de atención al ciudadano de un p.p y uno que esté en un puesto ordinario?
Los que están destiandos en los P.Principales van a Valdemoro a realizar un curso de instrucción de diligencias? Pues NO, así que todos son capaces para ser instructor de diligencias.
En fin, mi respuesta siempre es la misma, tu lo has detenido y no quieres instruir porque note da la gana, pues no instruyas y se lo explicas a S.S a ver que le parece.
Si tienen dudas que me llamen todoas la veces que quieran, sino saben bajo la primera, la segunda y la tercera vez, pero cuando instruyo el Guardia Civil que no sabía se queda a mi lado para que se quede con el cante. Cuando van cuatro y no se ha preocupado por aprender, pues.............

Centauro
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Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?

Mensaje por Centauro »

Depeche no pongo en duda tu afirmación, soy consciente que existen muchos puestos del tipo que reseñas, pero precisamente por eso no se puede sacrificar a una sola persona, todos tenemos que tirar del caro, por supuesto cada uno con la responsabilidad y competencias que le correspondan, pero si todos tiramos con ganas y en el horario de trabajo hacemos lo mejor que podamos nuestro trabajo, procurando solucionar los problemas que esten a nuestro alcance, todos viviremos un poco mejor, con mayor armonía y solo se creara un ambiente de trabajo bueno y donde todo el mundo deseara involucrarse.
UN SALUDO

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depeche
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Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?

Mensaje por depeche »

si te doy la razon, fui comandante de puesto en ese lugar, y he de decir, que era uno mas, nadie tiraba de galones, ni de antiguedad, sacabamos el trabajo como buenamente podiamos, y lo siguen sacando como buenamente pueden, sin distincion de empleo o escala.

pero eramos tan pocos, y son tan pocos............

heroes los romanos, siempre han sido heroes no reconocidos por esta empresa.

saludos.
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pollastre
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Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?

Mensaje por pollastre »

El problema aquí planteado es una de las facetas más del personal que en esta empresa ejerce mando de Unidad y no está acogido al régimen de horarios. Es como ha mencionado uno aquí la tarifa plana en horas de servico y dedicación a expensas de la familia o de tu tiempo libre. Al igual que en el hilo abierto en el que se mencionaba el escrito del DAO en relación a los Suboficiales Comandantes de Puesto, mi época de Suboficial, Cabo y Guardia fueron en Puestos, hasta que no llegue el momento en el que una persona pueda terminar su jornada de trabajo y que haya otro, con el mismo nivel de formación yresposabilidad de tú, que pueda asumir las incidencias que surgen, todo lo demás es un brindis al sol, es un quiero y no puedo. Eso es lo bueno de los Puestos Principales, que se va uno de atención al ciudadano y entra otro igual que él, pero en los puesto ordinarios, sobre todo los que son medio-bajos, todo pasa por la figura del comandante de Puesto, y l verdad es que no puede ser de otra manera. Pongamos el típico caso de un puesto como el mio, en el que con suerte tenías una patrulla al día, nadie de Puertas, viene una mujer a las 13.45 a poner una denuncia por VIOGEN y la patrulla tuya acaba a las 14.00 y entra a las 22.00, pues ahí está el Comte. de Pesto para hacerse cargo de todo, auqneu la patrulla tenga voluntadad, formación y lo que sea, ellos acaban a las 14.00 y si no ordenada nada, hasta las 22.00. Además que llegado el caso hay que coordinar patrullas de custodia, traer mamparas, que en todos los sitios no hay, quedar con el juzgado, poner patrulla para eñ traslado y un largo etc., que los Guardias, qunque sepan, estando el comandante de Puesto no lo van a hacer, vamos yo no permitía que lo hiciesen, para eso estaba yo. Lo malo es un día y otro día y otro dí y la mujer hasta los cataplines de la situación, pero bueno no hay nadie que venga a hacerte el relevo. Encima si alguno de los Guardias lo da de baja el médico, pues nada que salga el Sargento sino esa noche no hay nadie en el núcleo operativo.
Todo se resume en que mientras no exista una reorganización territorial acorde a los tiempos en los que vivimos, hay están los esclavos de los Comandantes de Puesto para lo que sea. Otro de los problemas es que eso desde la Comandancia no se ve o no se quiere ver, por eso hay tantos Comandantes de Puesto en las medallas de la patrona (ja,ja,ja,ja,ja) o por lo que sea no caes bien y fuera productiviada y resulta que todo quisqui cobra más que tu.
Ojo que en esta empresa hay gente que vive bien cualquier lugar de España, con independencia de la carga de trabajo, por se la repampinfla todo un poco, pero como seas un poco responsable, cunta quinte o como se escriba se queda en mantillas.
Todo lo anterior es en parte trasladable a los Oficiales, pero bueno son circunstancias distintas.
Un saludo.

avefria
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Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?

Mensaje por avefria »

Aspide, por lo leido creoque todos (verdes y azules) estamos de acuerdo en una cosa, no es de recibo que la carga la lleve solo el Cte. de Pto. y que nuestro despliegue decimonónico nos hipoteca la vida particular y condiciona nuestra eficacia.

Efectivamente no tienes que instruir todas las diligencias, creo que antes de nada puedes empezar una formación continua en tu Unidad (Academia) hay un OG que regula una hora/semana y te da un contenido a impartir, tú puedes acondicionar este contenido a tu Unidad informando oportunamente por conducto. De la misma forma que tú tienes el deber de formar a tu gente, ellos tienen la obligación de poner de su parte para aprender. Nadie te puede decir que no instruye Diligencias la LECRIM está por encima de Órdenes Internas, y esa norma habilita a los GC a instruir.

A partir de ahí empieza por enseñar y formar a tu gente, por supuesto que después de cada "academia" que te firmen la asistencia y después de ello más los conocimientos que debieron adquirir en su periodo académico el que no quiera instruir no podrá decir que no sabe. Si se te da de baja el personal por haber intentado aumentar su capacitación profesional creo que no serás el culpable.

Es más recomiendo que ante detenciones "rápidas", que sea el/los actuantes quien instruyan al menos la exposición de hechos y la lectura de derechos, y que sean los que pongan negro sobre blanco en el sufrido papel cómo ha ocurrido todo cronológicamente, de forma clara, concisa y concreta, y por supuesto amparado por la legalidad. Es muy fácl en ocasiones detener y que otro lo explique porque yo sigo de patrulla
Nunca diga todo lo que sabe; Regla para tener éxito en esta vida.

Bes
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Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?

Mensaje por Bes »

Si te fijas Aspide en el art. 284, viene a decirte que esa pareja si tienen conocimiento de un delito público –o requeridos para prevenir la instrucción de diligencias por razón de algún delito privado-, aparte de posteriormente participarlo a la Autoridad judicial y Ministerio Fiscal, te dice también, que NO CESARÁN en la PRÁCTICA de las diligencias de prevención.
¿Pero qué son las diligencias a prevención? ¿Instruir un atestado entero?
Si nos fijamos en el art. 286, en el que cesan las diligencias de prevención cuando el Juez se presenta a formar el sumario debiendo entregarlas al Juez, ya incluye en estas diligencias a prevención, los efectos relativos al delito que se hayan recogido y hasta detenidos si los hubiere.
Podríamos estar hablando de las primeras diligencias que se hacen para prevenir del art. 13; consignar las pruebas del delito que puedan desaparecer, recogerlas y custodiarlas para su comprobación y a la identificación del delincuente, detener en su caso a los presuntos culpables, proteger a los ofendidos o perjudicados, familiares u otras personas y medidas cautelares del 544 bis y 544 ter.
Si miramos lo anterior, no estamos hablando de instruir las diligencias en escrito que lleve la totalidad del atestado. Sino la de prevenir en los primeros momentos que son requeridos, las primeras diligencias, para asegurarlas.
Y ahora vamos al artículo que en mi opinión, más perjudica al comandante de puesto visto su empleo, por ser el jefe de la unidad y por lo tanto de categoría mayor en la policía judicial, que los guardias civiles básicos. Es el artículo 285, Si concurriere algún funcionario de Policía judicial de categoría superior a la del “que estuviere actuando”, deberá éste –es decir el guardia que está actuando- darle conocimiento –en nuestro Cuerpo las oportunas novedades del hecho- de cuanto hubiese practicado, poniéndose desde luego a su disposición.
Este artículo, que sé de sobra que cualquier comandante de puesto lo interpretará a su favor –es decir no darse por aludido cuando le han dado esas novedades-, ya está obligando al comandante de puesto a disponer lo que se debe de hacer, y esto no es más, que hacerse cargo de Instructor de las diligencias que falten.
Podrá ordenar, que los guardias finalicen las diligencias, que hagan tal diligencia que falta y la orden que sea, pues esa orden, vuelvo a repetir, a los efectos ya está ejerciendo de Instructor.
Aunque no se hace, históricamente sabemos el porqué, los guardias al ser ordenados que continúen las diligencias, incluso toda la finalización del atestado, deberían hacer constar, en el tiempo de las diligencias, que se dio conocimiento de lo realizado al comandante de puesto y que el mismo dispuso, que la pareja actuante finalizaran las diligencias o la diligencia que ordene que se efectúe.
¿Suena mal verdad, para un comandante de puesto? Pues eso es lo que hay en nuestra antigua LEcr. Ya la misma, da el supuesto, que el de categoría mayor, tiene más conocimiento y sabe dirigir las diligencias que deben de realizarse.
Esto que acabo de mentar, es lo que existe en la Policía Nacional, que el inspector de turno, es el que dispone las diligencias que deben de realizarse y por lo tanto consta como Instructor de las mismas en las inspecciones de guardia, sea inspector o subinspector. Y si os fijaís, ellos usan bien las palabras de la LEcr., por ejemplo: El Instructor –es decir ese de categoría mayor- “dispone que” se realice tal diligencia o se detenga a tal, etcétera. (Art. 285 … “poniéndose desde luego a su disposición”).
¿Qué es un marronazo? Por supuesto.
Ahora vamos a esa responsabilidad que si tiene conocimiento debe de disponer lo que se debe de hacer y por lo tanto, pasar a ser Instructor, quiera o no lo quiera, ha tenido conocimiento y los guardias se han puesto a su disposición.
Caso de que el comandante de puesto, diga que no quiere saber nada y a él no lo menten en diligencias ¿Si los guardias le han informado de todo, se librará si por ejemplo han efectuado una detención ilegal, pongamos en una falta, un aforado, etcétera y le han dado conocimiento sin disponer que sea puesto en libertad, se librará de la quema por su responsabilidad el comandante de puesto? Soy de la opinión, que no, que para él repartirán también habas, por haberse hecho el sueco, y no hablo de temas disciplinarios, sino penales.
¿Qué opinan ustedes al respecto?
Y que conste que soy el primero, que siempre digo que el trabajo lo debemos de repartir como buenos compañeros y que ni guardia ni comandante de puesto, se escabullan siempre cuando hay sobre todo, detenidos.

Es una opinión y no en ella trato de perjudicar al comandante de puesto, sino de intentar ayudar en lo que pudiera venirle al haber tenido conocimiento de una ilegalidad y no querer saber nada.

sharam
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Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?

Mensaje por sharam »

Con lo que se ha citado del Manual de Policía Judicial, las orientaciones al Comandante de Puesto de hace un par de BOCs, y el escrito de 18-11-2011 que regula el descanso del Cte de Pto debería estar claro.
Lo que queda en Puestos en que los que los Guardias no estén acostumbrados a instruir diligencias es enseñarles, y exigirles, prestándoles apoyo y asesoramiento decreciente hasta que tengan cierta autonomía.
El Sentido Común es el menos común de los sentidos.

john_macklein
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Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?

Mensaje por john_macklein »

Llegara el dia que solo tengamos puestos principales, con areas de prevencion, at. al ciudadano e investigacion? Llegara el dia que las patrullas, no tengan que venir al puesto y dejar la calle con otra patrulla menos, para recojer una perdida de DNI? Llegara el dia que cada componente de un puesto, tenga una funcion bien definida y no seamos el cuerpo policial mas desorganizado del mundo?

Lo veran nuestros ojos? Yo creo que no, creo que los comandantes de puestos seguiran siendo molestados para recojer denuncias, las patrullas de prevencion se les seguira quitando de las calles y la burocracia de todos estos pequeños puestos seguira ahogando poco a poco la G.C.

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