SOBRE LA FORMA VERBAL DEL SALUDO MILITAR.

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Sancus
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SOBRE LA FORMA VERBAL DEL SALUDO MILITAR.

Mensaje por Sancus »

Compañeros que alguien me saque de mi duda, con jurisprudencia al poder ser, en relación a la forma válida verbal del saludo militar cuando un inferior jerárquico se dirige a un superior. Sabido por todos es que es de aplicación en la Guardia Civil en aquello que se sea aplicable lo que dispone el apartado 2, del Artículo 2, de las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas:
Artículo 2. Ámbito de aplicación
1. Estas Reales Ordenanzas son de aplicación a todos los militares profesionales de las Fuerzas Armadas, salvo que estén en situaciones administrativas en las que tengan suspendida su condición militar. También serán de aplicación a los alumnos de la enseñanza militar de formación. Asimismo son de aplicación, cuando se encuentren incorporados a las Fuerzas Armadas, a los aspirantes a reservista y a los reservistas.
2. Dada la naturaleza militar de la Guardia Civil y la condición militar de sus miembros,
en su normativa específica se recogerá lo que disponen estas Reales Ordenanzas en
aquello que les sea aplicable.
Dicho y expuesto lo anterior, formulo mi pregunta: ¿Qué forma verbal de saludo militar se debe de emplear y se ajusta a derecho, cuando un inferior jerárquico se dirija a un superior?. Si en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas no está descrita, aunque si hace mención en su artículo 52 de la forma que debe de llevarse a cabo (pero solo habla de la corrección
y energía en el saludo, no habla de la fórmula verbal, entonces..¿cual se debe de emplear?... ¿Es de aplicación para la Guardia Civil el artículo 287 de las Reales Ordenanzas para el Ejército de Tierra?... Si es de aplicación para los miembros de la Guardia Civil el citado artículo 287 de las RR.OO.E.T., entonces si que existe normartiva, y si no fuera así no existiería precepto legal alguno de aplicación en la Guardia Civil, por lo que el Guardia cuando se dirija a un superior podría emplear la fórmula verbal que le diera la gana ¿no?, como podría ser: "buenos días", "hasta luego", "adiós", "salud"... etc..., O desde las RR.OO.FAS. nos podría remitir legalmente a las RR.OO.E.T., para ser el artículo 287 de estas últimas aplicado a miembros de la Guardia Civil.
Artículo 287
Todo militar que deba dirigirse de palabra a un superior se cuadrará ante él, le saludará y le dirá "a la orden de (tratamiento) mi (empleo del superior)" cuando tenga tratamiento de excelencia o señoría y "a sus órdenes mi (empleo del superior)" cuando tenga el de usted, quedando luego en la posición de firmes mientras no se le indique otra cosa; al despedirse se cuadrará, empleará la fórmula "ordena (tratamiento) alguna cosa mi (empleo del superior)" y volverá a saludar. Cuando encontrándose en formación haya de dar parte de novedades, permanecerá saludando mientras lo expone; el superior lo recibirá de igual modo.
A ver si alguien me puede aclarar lo expuesto con jurisprudencia. Significar que tengo la famosa Sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero de Madrid, de 29 de diciembre de 2008, la de la residencia de Figueras que creo que es bastante conocida. A ver si existe otra mas reciente y si alguien la tiene que tenga la amabilidad de colgarla por aquí.
Ahí quedan mis preguntas.
Saludos castrenses.

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depeche
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Re: SOBRE LA FORMA VERBAL DEL SALUDO MILITAR.

Mensaje por depeche »

es un tema muy preocupante si, yo a todo el que no se ponga firmes cada vez que vea a uno de empleo superior o no se ponga firmes para corresponder al saludo del de empleo inferior, le metia en la carcel (militar por supuesto, si no de que van a comer los pobres juzgados militares) :cool:

en fin.

saludos cordiales :lol:
"Rebelarse es el más sagrado de los derechos y el deber más indispensable." Marquis de La Fayette.



"EL unico simbolo de superioridad que conozco, es la bondad"

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Re: SOBRE LA FORMA VERBAL DEL SALUDO MILITAR.

Mensaje por Administrador »

Compañeros que alguien me saque de mi duda, con jurisprudencia al poder ser, en relación a la forma válida verbal del saludo militar cuando un inferior jerárquico se dirige a un superior. Sabido por todos es que es de aplicación en la Guardia Civil en aquello que se sea aplicable lo que dispone el apartado 2, del Artículo 2, de las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas:
Artículo 2. Ámbito de aplicación
1. Estas Reales Ordenanzas son de aplicación a todos los militares profesionales de las Fuerzas Armadas, salvo que estén en situaciones administrativas en las que tengan suspendida su condición militar. También serán de aplicación a los alumnos de la enseñanza militar de formación. Asimismo son de aplicación, cuando se encuentren incorporados a las Fuerzas Armadas, a los aspirantes a reservista y a los reservistas.
2. Dada la naturaleza militar de la Guardia Civil y la condición militar de sus miembros,
en su normativa específica se recogerá lo que disponen estas Reales Ordenanzas en
aquello que les sea aplicable.
Dicho y expuesto lo anterior, formulo mi pregunta: ¿Qué forma verbal de saludo militar se debe de emplear y se ajusta a derecho, cuando un inferior jerárquico se dirija a un superior?. Si en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas no está descrita, aunque si hace mención en su artículo 52 de la forma que debe de llevarse a cabo (pero solo habla de la corrección
y energía en el saludo, no habla de la fórmula verbal, entonces..¿cual se debe de emplear?... ¿Es de aplicación para la Guardia Civil el artículo 287 de las Reales Ordenanzas para el Ejército de Tierra?... Si es de aplicación para los miembros de la Guardia Civil el citado artículo 287 de las RR.OO.E.T., entonces si que existe normartiva, y si no fuera así no existiería precepto legal alguno de aplicación en la Guardia Civil, por lo que el Guardia cuando se dirija a un superior podría emplear la fórmula verbal que le diera la gana ¿no?, como podría ser: "buenos días", "hasta luego", "adiós", "salud"... etc..., O desde las RR.OO.FAS. nos podría remitir legalmente a las RR.OO.E.T., para ser el artículo 287 de estas últimas aplicado a miembros de la Guardia Civil.
Artículo 287
Todo militar que deba dirigirse de palabra a un superior se cuadrará ante él, le saludará y le dirá "a la orden de (tratamiento) mi (empleo del superior)" cuando tenga tratamiento de excelencia o señoría y "a sus órdenes mi (empleo del superior)" cuando tenga el de usted, quedando luego en la posición de firmes mientras no se le indique otra cosa; al despedirse se cuadrará, empleará la fórmula "ordena (tratamiento) alguna cosa mi (empleo del superior)" y volverá a saludar. Cuando encontrándose en formación haya de dar parte de novedades, permanecerá saludando mientras lo expone; el superior lo recibirá de igual modo.
A ver si alguien me puede aclarar lo expuesto con jurisprudencia. Significar que tengo la famosa Sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero de Madrid, de 29 de diciembre de 2008, la de la residencia de Figueras que creo que es bastante conocida. A ver si existe otra mas reciente y si alguien la tiene que tenga la amabilidad de colgarla por aquí.
Ahí quedan mis preguntas.
Saludos castrenses.
Ahora mismo existe un "vacio legal". Efectivamente los artículos de las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra que han venido regulando, dada nuestra condición de militares, parte de nuestro régimen interior, saludos,actos y honores , NO nos es de aplicación.

Por eso mismo, el Gobierno pretende una Orden Ministerial, para que nos sean de aplicación distinta normativa militar, entre la que se incluyen las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra y de la Armada, tal y como se hizo en su día con las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas.

De hecho hay un borrador, que las Asociaciones hemos difundido entre nuestros asociados, ( ORDEN PRE ____/2012, DE __ DE ____________ POR LA QUE SE DECLARAN DE APLICACIÓN A LA GUARDIA CIVIL DIVERSAS NORMAS DEL ORDENAMIENTO MILITAR SOBRE MANDO, DISCIPLINA Y REGIMEN INTERIOR)

Este borrador de Orden de Presidencia, se presentará para pasar el trámite del Consejo de la Guardia Civil el próximo día 18.

Un saludo
administrador@unionoficiales.org
Teléfono de contacto:672036030

Sancus
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Re: SOBRE LA FORMA VERBAL DEL SALUDO MILITAR.

Mensaje por Sancus »

Gracias Administrador.

Pero en defecto de la aplicación del 287 de las R.R.O.O. del E.T., pienso que a los miembros de la Guardia Civil si se le puede aplicar en el caso que nos ocupa La Orden Ministerial 31/1987, de 12 de junio, regula la ejecución del saludo militar. Esta disposición fue modificada por la Orden Ministerial 9/1989, de 10 de febrero.

Por favor, si alguien tiene la citada Orden Ministerial 31/1987, le agredecería que colgara su enlace por aquí, no tenemos boletines de Defensa en la Intranet del Cuerpo de esa fecha para poder obtenerla...

Gracias.
Saludos a todos...

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VICRO
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Re: SOBRE LA FORMA VERBAL DEL SALUDO MILITAR.

Mensaje por VICRO »

Recordaba que había otro tema similar abierto en el presente foro.

FORMA VERBAL DEL SALUDO MILITAR

Saludos.- :cool:
* PREFIERO ENEMIGOS A TRAIDORES.-

practico
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Re: SOBRE LA FORMA VERBAL DEL SALUDO MILITAR.

Mensaje por practico »

Yo creo que mientras exista este vacio legal, lo mejor es decir:" Salud" al Coronel y al despedirse... "Dios Guarde". Claro que para evitar tanto confusionismo, me pongo la gorrita, saludo con la mano, y dejo mi boquita callada.

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