El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot

De todo un poco

Moderador: Administrador

patrullero
Capitan
Capitan
Mensajes: 145
Registrado: 27 Mar 2008, 15:11

El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot

Mensaje por patrullero »

Corte Europea de Derechos Humanos

El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot'

La Gran Sala del TEDH confirma la condena a España Ordena la excarcelación inmediata de la etarra Inés del Río
La sentencia es firme y no cabe ningún recurso La decisión podría beneficiar a decenas de presos con graves delitos

Juan Manuel Bellver (enviado especial) | Estrasburgo (Francia)

Actualizado lunes 21/10/2013 12:03 horas

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado el recurso de España contra la condena que se le impuso por aplicar la conocida como 'doctrina Parot' a la etarra Inés del Río . Esta sentencia, que puede suponer el fin de la citada 'doctrina Parot', abre la puerta a que otros presos con graves delitos a sus espaldas se acojan a ella.

El fallo, que es definitivo y no puede ser objeto de recurso, pide -con 16 votos contra 1-, la excarcelación de la miembro de ETA, y considera -por unanimidad- que España vulneró el artículo 5.1 (Derecho a la libertad y a la seguridad) y -por 15 votos contra 2- el artículo 7 (No hay pena sin ley) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Inés del Río y otros 60 etarras con múltiples delitos de sangre saldrán a la calle en breve tras haber cumplido apenas un año de cárcel por cada asesinato cometido, si el gobierno de Mariano Rajoy acata la sentencia del TEDH, que ha desestimado el recurso presentado en marzo por el Estado español en defensa de la 'doctrina Parot'.

Con este fallo, la Gran Sala del Alto Tribunal confirma el veredicto emitido por su sala tercera en julio 2012, que ordenaba poner en libertad a la demandante Inés del Río Prada, terrorista vasca condenada a 3.828 años de cárcel por 24 asesinatos, y da la puntilla definitiva a la 'doctrina Parot', establecida por el Tribunal Supremo en 2006 para que los delincuentes condenados por delitos graves pasen el tiempo máximo legal de estancia en prisión, que en el caso de Inés del Río eran 30 años.

Dicha jurisprudencia obligaba a descontar los beneficios penitenciarios de cada una de las penas y no del máximo de cumplimiento efectivo. Sin embargo, el TEDH considera por 15 votos contra 2, que vulnera el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos referidos al Derecho a la Libertad y a la seguridad y, por unanimidad, que infringe el artículo 7 referido a que no puede haber condenada si no existe ley previa.

"La justicia criminal es competencia de cada país miembro", habían sentenciado anteriormente los jueces de Estrasburgo en los sumarios de Kafkaris contra Chipre o de Hogben contra el Reino Unido. Y a esa aplicación de la propia jurisprudencia se aferraban los abogados del Estado español y los dirigentes de las principales asociaciones de víctimas, presentes todos este lunes en el Palais des Droits Humains cuando el presidente de la Gran Sala, el luxemburgués Dean Spielmann, leyó durante 15 minutos la sentencia.

La mueca de decepción fue haciéndose cada vez más notable en el rostro del embajador español en el Consejo de Europa, Fernando Alvargonzález San Martín, único representante de la parte demandante en el tribunal, en ausencia de los abogas del Estado y de los líderes de las asociaciones de víctimas, que sí acudieron en cambio a la audiencia de marzo. A Estrasburgo vino el Estado español buscando sentido común y Justicia pero lo que recibió fue una retahíla de tecnicismos y jurisprudencias con las que la corte dio la razón a los caros abogados británicos contratados por Sortu para representar los intereses de Del Río.

Agitando la bandera de la protección contra la arbitrariedad y bien apoyados por los colectivos abertzales que vienen haciendo una ingente labor de lobby en diferentes organismos de Estrasburgo, los abogados de la etarra lograron hace siete meses convencer al TEDH, provocando de este modo una previsible avalancha de excarcelaciones que afecta a 61 terroristas de ETA, 7 del GRAPO, 1 del GAL y 14 presos comunes (uno de los cuales está condenado por 74 violaciones).

"¿Es igual un asesinato que 132?", les había inquirido el letrado español Isaac Salama en marzo cuando cada parte expuso sus razones. En el texto de la sentencia, el Alto Tribunal -del cual sólo acudieron a la lectura del fallo sólo dos miembros- no responde a esa pregunta, sino que avala la tesis de su sala tercera argumentando que "con Inés del Río se había producido una aplicación retroactiva y, por tanto, errónea de la nueva interpretación jurídica del cálculo de las redenciones de condena".

Libertad 'lo antes posible'

En apelación, el TEDH ha confirmado igualmente por 16 votos contra 1 la orden la puesta en libertad de Del Río "en el plazo más breve posible" a la sanguinaria integrante del comando Madrid y la indemnización de 30.000 euros que el Estado español deberá pagar a la demandante por daños morales, así como los 1.500 que tendrá que abonar por gastos y costas. A estas sumas habrá que sumar los intereses generados desde 2012.

El fallo de la Gran Sala es definitivo y no se puede recurrir ante ninguna instancia superior, por lo que al ejecutivo de Rajoy tan sólo le queda ahora el recurso a lo que el Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, llamaba hace unos días "ingeniería jurídica", para retrasar la salida de los etarras de la cárcel por medios legales y de procedimiento judicial.

La derogación de la 'doctrina Parot', representa, además, una victoria moral para la banda terrorista responsable de la muerte de 829 personas en más de 40 años de atentados, precisamente cuando este domingo se cumplió el segundo aniversario de la tregua unilateral decretada por ETA y que tan pocos avances ha supuesto por el momento para el proceso de paz en el País Vasco.

Esta doctrina nos ha sido "muy útil para luchar contra ETA", recordaba hace unos días Mariano Rajoy en el Pleno del Congreso de los Diputados cuando el diputado del PNV Aitor Esteban le preguntó si el ejecutivo acataría la decisión del Tribunal Europeo en caso de que fuera contraria a los intereses de España. Como dijo entonces el presidente del Gobierno, la 'doctrina Parot' tiene el aval del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional y habrán de ser ellos quienes interpreten el fallo de Estrasburgo.

En ese sentido, el Constitucional lleva al parecer varios meses estudiando posibles respuestas legales a un veredicto negativo y la Sala de lo Penal del Supremo tiene previsto en su pleno del próximo viernes revisar concienzudamente la sentencia, cuyo resultado va celebrar los colectivos vascos esta misma tarde con manifestaciones callejeras en las principales ciudades de Euskadi y Navarra.


¿Qué es la 'Doctrina Parot'? La 'doctrina Parot' fue introducida en 2006 por el Tribunal Supremo y establece que las redenciones de pena deben aplicarse sobre el total de las condenas impuestas y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión que, según el ya derogado Código Penal de 1973, es de 30 años. De este modo se evitó que numerosos etarras o delincuentes graves quedasen en libertad mucho antes de agotar su condena.

Fuente: El Mundo

OCTUBRE ROJO
Capitan
Capitan
Mensajes: 153
Registrado: 07 May 2008, 21:27

Re: El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot

Mensaje por OCTUBRE ROJO »

¿Que derechos humanos tenían las personas, que estos indeseables les quitaron la vida.?
La Audiencia Nacional o Tribunal Supremo NO debería acatar esa sentencia.

Avatar de Usuario
VICRO
Comandante
Comandante
Mensajes: 928
Registrado: 08 Jul 2007, 02:00
Ubicación: Hispania

Re: El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot

Mensaje por VICRO »

Un artículo de Luis del Pino, en el cual desarrolla porque la llamada "doctrina Parot" NO ha de tocarse. Cada cual que saque sus conclusiones, incluído Tribunal Supremo y Constitucional. Si es que se dignan, al menos, leerlo.

http://blogs.libertaddigital.com/enigma ... oca-12576/

Saludos.- :oops: :oops: :oops:

Avatar de Usuario
depeche
Coronel
Coronel
Mensajes: 6234
Registrado: 21 Nov 2005, 02:00
Ubicación: en primera linea luchando contra los tiranos y sus bufones

Re: El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot

Mensaje por depeche »

si hubiesemos tenido pena de muerte, no estariamos gastando dinero con estas ratas, y estas sentencias no la sudarian.

saludos.

Avatar de Usuario
Administrador
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 6761
Registrado: 26 Jul 2005, 02:00

Re: El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot

Mensaje por Administrador »

Estrasburgo deroga 'la Parot' y se abre un largo camino para excarcelar a unos 130 etarras

Magistrados europeos (uno de ellos español) han decidido derogar la 'doctrina Parot'. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo ha rechazado el recurso presentado por el Gobierno español contra la revocación de esta doctrina, que desde el año 2006 ha permitido alargar la estancia en prisión de numerosos etarras y otros presos con graves delitos. Ahora, se abre la vía para que unos 130 presos de la banda terrorista sean excarcelados, 54 de ellos en un corto plazo de tiempo. Para el resto, no obstante, el camino aún puede ser largo. El fallo, que es definitivo y no puede ser recurrido, ha tenido tres votaciones. La primera (16 votos contra 1) pide la excarcelación de la etarra. La segunda, por unanimidad, dice que España vulneró el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (Derecho a la libertad y a la seguridad); y la tercera (por 15 votos contra 2) que España vulneró el artículo 7 (No hay pena sin ley).

En julio de 2012, Estrasburgo condenó a España por aplicar esta doctrina a la etarra Inés del Río Prada, condenada a 3.800 años por participar en 24 asesinatos cuando formaba parte del comando Madrid. No era una sentencia firme y España recurrió. Ahora, tras importantes deliberaciones, Estrasburgo ha decidido dar la razón a la etarra. "Ha vencido la tesis liderada por el magistrado español, Luis López Guerra, que defendía que se revocase la doctrina", señalan fuentes cercanas a la presidencia del tribunal. Estrasburgo pide en esta nueva sentencia la liberación inmediata de Inés del Río "en el menor tiempo posible".

La 'doctrina Parot' fue avalada por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional. Se basa en aplicar los beneficios penitenciarios (por ejemplo un día de redención por cada dos de trabajo) sobre la totalidad de la condena, no sobre el máximo de cumplimiento efectivo en prisión, que en el caso de Inés del Río es de 30 años. Tenía que haber salido de prisión en julio de 2008, pero se le aplicó la doctrina y su encarcelación se ha prolongado hasta 2017.

Son recusos individualizados


Fuentes de la Audiencia Nacional han explicado que la sentencia de Estrasburgo no es vinculante para los tribunales españoles, pero que lo lógico es que el Gobierno español, que firmó el Convenio Europeo de Derechos Humanos, aplique lo que dicta este tribunal. Hace unos días, el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia ya ordenó la puesta en libertad del preso de ETA Kepa Maren Márquez del Fresno. Ha pasado 22 años en prisión. El tribunal considera que en este caso no se cumplen los requisitos necesarios para alargar su condena hasta 2021, como pedía la Fiscalía. Es decir, no se le ha aplicado la 'doctrina Parot'. En cambio, el Supremo acaba de decidir que otro preso etarra, Juan María Gabirondo Argote, siga en la cárcel hasta en abril de 2016. ¿Por qué? Porque no tuvo fijada la fecha de su puesta en libertad (licenciamiento) hasta 2009, tres años después de que se empezar a aplicar la 'doctrina Parot'.

Fuentes jurídicas explican que esta sentencia de Estrasburgo no es general, sino solo aplicable al caso concreto de Inés del Río, por lo que no supondría la liberación inmediata de todos los etarras que han pedido el amparo de Estrasburgo. Cada caso es individualizado, y Estrasburgo deberá dictaminar en cada uno de ellos. En el caso de Inés del Río, el TEDH pidió a España que la pusiera en libertad en el plazo más breve posible porque había violado los artículos 7 y 5.1 de la Convención Europea de Derechos Humanos. Además, otorgaba a la etarra una indemnización de 30.000 euros por daños morales y 1.500 euros más por los gastos del proceso. Ahora, Estrasburgo ha confirmado esta indemnización y exige al Gobierno español que pague en un plazo de tres meses. Justicia ha dejado claro que descontará ese dinero a las indemnizaciones que ya pagó el Estado, ya que la etarra se declaró insolvente en su momento.

A finales del 2012, el Tribunal Constitucional ya rechazó la libertad de otros 16 presos etarras que habían pedido la aplicación de la primera sentencia de Estrasburgo sobre Inés del Río, argumentando que estaba a la espera del recurso interpuesto ante Europa. La Justicia española ha aplicado la doctrina Parot a 92 presos de ETA, de los que 22 ya están en libertad porque cumplieron íntegramente la pena máxima. De los 70 que quedan en prisión, unos 25 han seguido el camino de Inés del Río y han recurrido a Estrasburgo.

Por contra, un portavoz del tribunal ha recordado que la sentencia es vinculante, que sienta jurisprudencia y que España se comprometió a acatar los fallos. Además, ha precisado que la resolución no entra a valorar otros casos, pero sí ha querido destacar que lo que dicta es que la aplicación retroactiva de la doctrina para mantener en la cárcel a del Río supuso una "detención ilegal". Es decir, la doctrina Parot no es ilegal, solo su aplicación retroactiva.

"El tribunal estima que la demandante [Inés del Río] no podía prever que el Tribunal Supremo modificaría su jurisprudencia en febrero de 2006 ni que tal modificación le sería aplicada y supondría aplazar en casi nueve años la fecha de su puesta en libertad, del 2 de julio de 2008 al 27 de julio de 2017. Por lo tanto, la demandante ha cumplido una pena de prisión superior a la que tendría que haber cumplido según el sistema jurídico español en vigor en el momento de su condena. Por consiguiente, corresponde a las autoridades españolas garantizar su puesta en liberta en el plazo más breve posible", señala la sentencia leída este lunes en Estrasburgo.

Para el Gobierno, útil y justa

¿Y el Gobierno?, ¿Va a acatar la sentencia y pedir a los tribunales españolas que lo hagan? La doctrina Parot está avalada por el Constitucional, aunque Estrasburgo señale que implicaba una "irregularidad" al aplicar de modo retroactivo una norma posterior a la ley por la que los etarras ya habían sido juzgados y condenados. El PNV se lo preguntó a Mariano Rajoy en el Congreso. "La llamada doctrina Parot es una interpretación del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. Nosotros estamos a favor de la interpretación de los tribunales españoles porque es justa y distingue a quien está condenado por un delito frente a los que lo están por veintidós o veintitrés", señaló el presidente. Aunque todo parece indicar que el Gobierno la acatará.

El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, señaló en una entrevista en RNE que si Estrasburgo da la razón a Del Río, dado que España es firmante del convenio internacional del TEDH, "lo lógico" es que deba aplicar "la doctrina que emane de esa sentencia". Hay que ver si Estrasburgo "establece alguna categoría de carácter general", explicó Torres Dulce. De momento, la Audiencia Nacional ha convocado para este martes un pleno para tratar la excarcelación de Inés del Río. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha dejado claro que el caso de Inés del Río es, tras la sentencia de Estrasburgo, competencia ahora de la Audiencia Nacional.

La vocal del Consejo General del Poder Judicial Margarita Uria (PNV) cree que no habrá excarcelaciones inmediatas de los presos de ETA afectados, sino que se irá viendo "caso por caso". Según Uría, "un pronunciamiento de oficio (de los tribunales) no se va a producir", sino que se esperará a lo que pidan las partes, es decir, el etarra afectado en cada caso. Uria cree que una de las incógnitas es ver si Estrasburgo, además de pronunciarse sobre el caso concreto de Inés del Río, imparte doctrina general.

En este momento, hay un treintena de casos (no sólo etarras) por resolver en la Audiencia Nacional, seis en el Supremo y 18 en el Constitucional sobre presos que han recurrido la 'doctrina Parot'. Cabe una posibilidad, señalas fuentes jurídicas, que España demorará la excarcelación de Inés del Río, y el asunto se tratara en unos meses en el Comité de Ministros del Consejo de Europa, donde con mayoría de dos tercios se podría obligar a España que acatará la sentencia. La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ha pedido a España que no acate la sentencia y haga como el Reino Unido, que alegó inseguridad para sus ciudadanos en otra sentencia.

La clave, la fecha en que se fija la puesta en libertad

La clave puede estar ahora en la fecha en la que se ha fijado la puesta en libertad de un recluso, su licenciamiento. El Supremo ha dictado en la misma semana dos fallos con resoluciones distintas. Al etarra Gabirondo Argote lo ha mantenido en prisión gasta 2016 poque se fijó su fecha de excarcelación en 2009, tres años después de que se empezara a aplicar la Parot. En cambio, en el caso del etarra Josu Ciganda (condenado a 822 años de prisión) y libre desde 2012, ha denegado que vuelva a ser encarcelado (cómo pedía la Fiscalía) porque sabía desde antes del año 2006 (cuando se fijó la Parot) cuál era "su expectativa legítima" de liberación.

Y es que el Constitucional estableció en 2012 que la 'doctrina Parot' podía aplicarse con una condición: siempre que al preso no se le hubiera hecho ya una liquidación definitiva de la condena y se le hubiera dado ya una fecha concreta de salida. Porque entonces se generaba una expectativa en el preso que había que respetar.

También hay que tener en cuenta que esta doctrina se empezó a aplicar en febrero de 2006 a los delitos cometidos con anterioridad a la entrada en vigor del Código Penal de 1995, que eliminó la redención de penas por trabajo y cuyas sucesivas reformas incrementaron el límite máximo de cumplimiento efectivo de los 30 a los 40 años y eliminaba la posibilidad de redimir la pena por trabajo. Por eso, la 'Parot' solo se aplica a los presos condenados antes de 1995, cuando fue reformado el Código Penal. Estrasburgo cree que vulnera los derechos fundamentales de los reos, al aplicar el principio de irretroactividad: la pena cumplida acaba siendo superior a la vigente en el momento en que se cometió el delito.

Violadores y asesinos

La doctrina Parot no solo se ha aplicado a presos de ETA y de los Grapo. Reclusos condenados por otros graves delitos, como violaciones o asesinatos en serie, han alargado su estancia en prisión gracias a la doctrina. Por ejemplo, Miguel Ricart Tárrega, único condenado por el asesinato de las tres niñas de Alcàsser. Condenado en 1997 a 186 años, se le aplicó la doctrina en 2010, un año antes de su excarcelación. Sigue en prisión hasta el año 2023.

También están en esta situación Juan Manuel Valentín Tejero, asesino y violador de la niña de nueve años Olga Sangrador, y Pedro Luis Gallego Fernández, más conocido como el violador del ascensor, que agredió y mató a dos chicas de 17 y 22 años. Está condenado a 273 años. O Pablo García Ribado, responsable de al menos 74 violaciones cometidas en Madrid entre 1990 y 1993. Más conocido como uno de 'los violadores del portal', tiene una condena de 1.721 años.

http://www.20minutos.es/noticia/1942045 ... ta-presos/
administrador@unionoficiales.org
Teléfono de contacto:672036030

EL CID
Alferez alumno
Alferez alumno
Mensajes: 11
Registrado: 24 Ene 2011, 12:54

Re: El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot

Mensaje por EL CID »

¿CUMPLE ETA CON LA LEY Y LOS AYUNTAMIENTOS DE ETABILDU???? no ... pues tampoco se cumple esa sentencia... eso es estado de derecho, así de fácil,... si se quiere

PANTO
Capitan
Capitan
Mensajes: 227
Registrado: 03 Jun 2008, 21:09

Re: El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot

Mensaje por PANTO »

Esto nos pasa ni mas de menos por tener en España los peores políticos y jueces del mundo.

Avatar de Usuario
VICRO
Comandante
Comandante
Mensajes: 928
Registrado: 08 Jul 2007, 02:00
Ubicación: Hispania

Re: El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot

Mensaje por VICRO »

¡¡Vaya prisas que les han entrado en hacer efectiva la Sentencia del TEDH!!. :shock: :shock:

A buen seguro habrán dejado cuestiones más importantes que despachar, para dar "matarile" a lo sentenciado. ¿Se dan tanta prisa con todas las Sentencias de este Tribunal?.

Visto lo visto, ojalá todos los Tribunales de Justicia de España actuaran con tanta premura en hacer ejecutiva una Sentencia.

"Quién sea", ¿será ese "oscuro poder fáctico" que por lo visto nos maneja a su antojo como marionetas?, está logrando la máxima "DIVIDE ET IMPERA". Buena forma de dividir a una sociedad. Verdugos 10 - Víctimas 0 :oops: :oops:

El resto no cuenta, como en un partido de fútbol, ver, oir y en el mejor de los casos........dejar que griten.
* PREFIERO ENEMIGOS A TRAIDORES.-

MERSUO
Capitan
Capitan
Mensajes: 285
Registrado: 12 Sep 2010, 00:19

Re: El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot

Mensaje por MERSUO »

Pues eso, q no se dan tanta prisa en aplicar reglamentos, directivas recomendaciónes varios a los miembros de esta nuestra Benemérita institución.

OCTUBRE ROJO
Capitan
Capitan
Mensajes: 153
Registrado: 07 May 2008, 21:27

Re: El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot

Mensaje por OCTUBRE ROJO »

el tribunal no ha tumbado ni derogado la doctrina Parot, simplemente dice que no se le puede aplicar a los presos anteriores al 2.006. España no debería acatar esta sentencia, ya que se le aplicó a los presos que aún estaban en la cárcel cumpliendo condena, que no es lo mismo que si se le hubiera aplicado a una persona que hubiera conseguido su libertad y al aplicarle la doctrina Parot le hubieran hecho volver para terminar de cumplirla.

Responder