MILITARIZACION DEL CNP ?

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depeche
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Re: MILITARIZACION DEL CNP ?

Mensaje por depeche »

lo mismo el og la ha hecho algún ingeniero de estos practico, tienen unos inventos :lol:

saludos.
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Jayma
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Re: MILITARIZACION DEL CNP ?

Mensaje por Jayma »

Joan escribió:
pinos escribió:Coincido plenamente con Ulises5, todo esto lleva un transfondo, y si no hacen algo los de arriba algun día lo lamentaremos, han empezado con confudirnos con las divisas , tambien con los complementos y al final serán mas militares que las fas.
Buenas tardes damas y caballeros, compañeros todos:

Permitan que tire de oficio, piense mal y .... acierte.

¿PUEDO DEJAR CONSTANCIA DE LO QUE MUCHOS PIENSAN Y NADIE DICE?

ASPECTOS QUE DEBEN SER TENIDOS EN CUENTA:

1º Posicionamiento del Cuerpo Nacional de Policía, acercando éste al modelo anglo de policía, civil pero con estructura militar, a través de los siguientes elementos:

a) Tratamiento interno entre categorías, de inferior a superior, con la fórmula "a sus órdenes".

b) Identificación visual de las distintas categorías, con equivalencia en el ámbito FAS (adelanto el contenido de una OM DEF/XX/2015, que omite correspondencia alguna con GC, dado que no pertenecemos a las FAS, pero que a nadie ha de escapar la relación directa FAS-GC)
- DAO - General de Ejército
- Subdirector General - Teniente General
- Comisario General/Jefe División - General de División
- Jefe Superior - General de Brigada
- Comisario Principal - Coronel
- Comisario - Teniente Coronel
- Inspector Jefe (pese a las protestas, posible Subcomisario) - Comandante
- Inspector - Capitán
- Subinspector - Subteniente
- Oficial - Sargento
- Policía - Cabo Mayor

c) Asimilación del régimen de recompensas CNP, superando en su variente mas básica, tanto a las Cruces de la Constancia como a San Hermenegildo), a saber:
- San Hermenegildo (Oficiales Generales) 4 condecoraciones: Gran Cruz, Placa, Encomienda y Cruz.
- San Hermenegildo (Oficiales y suboficiales) 3 condecoraciones: Placa, Encomienda y Cruz.
- Constancia (cabos y guardias) 3 condecoraciones: Oro, Plata y Bronce.
- Dedicación policial (CNP - Todas las categorías) 4 condecoraciones: Placa, Encomienda, Cruz y Medalla.

d) Concesión de titulaciones académicas equivalentes a los siguientes niveles educativos, en la modalidad de Estudios Superiores oficiales no universitarios, para su posterior homologación a los títulos oficiales del sistema educativo que sustituirán a los primeros.
- Escala Ejecutiva: Máster universitario oficial.
- Escala Subinspección: Grado universitario oficial.
- Escala Básica: Técnico Superior del sistema educativo general.

2º. Ley de Régimen de Personal de la Guardia Civil, que causa una profunda pero estudiada brecha entre el antes y el después de la categoría de oficial, dado que la normativa derivada ocasionará la exigencia de una titulación interna equivalente a Máster para el ascenso a determinados empleos (comandante nueva EO), con la siguiente situación:
- Oficiales ESO, equivalentes a licenciado, homologados a Máster Universitario (Podrán ascender a cualquier empleo superior sin necesidad de curso de adaptación, solo con altos estudios o perfeccionamiento)
- Oficiales EO, equivalentes a diplomado, homologados a Grado (Necesitarán completar un total de 300 ECTS para su homologación a Máster Universitario, por lo que se dificulta enormemente el ascenso a empleos superiores)
- Nuevos oficiales EO, ingenieros en seguridad, modificación plan de estudios y homologación a Máster Universitario (Podrán ascender a cualquier empleo superior sin necesidad de curso de adaptación)
- Oficiales EFS y EFT, la homologación correspondiente a la titulación externa considerada de interés para la Guardia Civil (Necesitarán curso de adaptación, obligatoriamente)

3º. Modificación del articulado de la Ley 2/86, mediante una norma de “racionalización del Sector Público”, del orden que sigue:

Artículo once.
1.….
2. Las funciones señaladas en el párrafo anterior serán ejercidas con arreglo a la siguiente distribución territorial de competencias:
a) Corresponde al Cuerpo Nacional de Policía ejercitar dichas funciones en las capitales de provincia y en los términos municipales y núcleos urbanos que el Gobierno determine.
b) La Guardia Civil las ejercerá en su mar territorial.
3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, los miembros del Cuerpo Nacional de Policía podrán ejercer las funciones de investigación y las de coordinación de los datos a que se refieren los apartados g) y h) del número 1 de este artículo, en todo el territorio nacional.
La Guardia Civil, para el desempeño de sus competencias propias, podrá asimismo realizar las investigaciones procedentes en todo el territorio nacional.

4º. Ante la distribución territorial de competencias anterior, integración de efectivos de un cuerpo a otro, con mantenimiento de las antigüedades efectivas en cada una de las escalas de origen, y la asignación de carácter preferente para ser destinado a la Comisaría en la que se ubicara la unidad de su destino GC disuelta, pongamos unos casos prácticos:

a) Un guardia civil (nivel CD17) destinado en una unidad específica de seguridad ciudadana (Puesto), es integrado con la categoría de policía (equivalente a un cabo mayor, por OM DEF, y con niveles CD18 al 20), con el mantenimiento de su antigüedad, siendo destinado con carácter preferente a la Comisaría cercana, con los inconvenientes que esto conlleva…. (turnos fijos, instalaciones con todos los medios usuales, como calabozos, vehículos plenamente adaptados a las necesidades policiales, etc....)

b) Un suboficial, de los empleos sargento y sargento 1º (nivel 20) destinado en una unidad específica de seguridad ciudadana (Puesto), es integrado con la categoría de subinspector (equivalente a subteniente, por OM DEF, y con niveles CD21 al 25), con el mantenimiento de su antigüedad, siendo destinado con carácter preferente a la Comisaría cercana, con los inconvenientes que esto conlleva…. (turnos fijos como Jefe de Turno ODAC sin tarifa plana, autonomía como Coordinador de Servicios y responsabilidad como Jefe de Subgrupo de Policía Judicial, en todos los casos con “peores” condiciones que en la GC,…. nótese la ironía)

c) Un oficial de los empleos teniente (nivel 24) y alférez (nivel 23) destinado en una unidad específica de seguridad ciudadana (Compañía), es integrado con la categoría de inspector (equivalente a un capitán, por OM DEF, y con nivel CD26), con los inconvenientes que esto conlleva… (autonomía y responsabilidad como Jefe de Grupo, siempre con “peores” condiciones que en la GC., … nótese de nuevo la ironía)

En definitiva una panorama desolador que de no verse cumplido, alegrará a muchos guardias civiles, pero que de verse efectivamente cumplido, alegrará a muchos más.

Por último, ¿Cómo afectaría a un oficial EO, de empleo teniente o alférez en su condición profesional? No puedo contestar a eso, pues cada uno debe dar respuesta a esa pregunta desde su fuero interno, pero ante el nuevo panorama, no debería entenderse que dicho cambio afectara negativamente (en el cuerpo nacional de policía, no encontrará más obstáculos que los derivados de la edad que posea y de la pirámide natural de ascensos), dado que la plantilla de la Guardia Civil quedaría gravemente mermada, con la paradoja de que los futuros oficiales necesarios, casi coincidirá con los miembros de la actual ESO.

De nuevo, buenas tardes.
Este mensaje de septiembre de 2014 de Joan???? Visionario o muy bien informado a la vista de lo que va ocurriendo? Acertará con el resto?

Curioso.

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