Nuevo CPM, ¿muerte de los foros?

De todo un poco

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MERSUO
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Re: nuevo cpm,¿muerte de los foros?

Mensaje por MERSUO »

jahedo escribió:¿Cuantos fusilados y penados llevamos ya con el nuevo CPM?
Están las cárceles a reventar......

Saludos.

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depeche
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Re: nuevo cpm,¿muerte de los foros?

Mensaje por depeche »

lo que esta a reventar son los servicios burrocraticos, la de gente que hay "pa na", lastima de dinero que paga el contribuyente.

saludos.
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GARIN
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Re: nuevo cpm,¿muerte de los foros?

Mensaje por GARIN »

SUPRIMIDO, ajeno al tema, supone ataque y provoca enfrentamiento con otro usuario

EL ADMINISTRADOR

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depeche
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Re: nuevo cpm,¿muerte de los foros?

Mensaje por depeche »

SUPRIMIDO, contestación al anterior, ajeno al tema y supone enfrentamiento con otro usuario

EL ADMINISTRADOR
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tarik
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Re: nuevo cpm,¿muerte de los foros?

Mensaje por tarik »

A mi me gustaría que alguien me explicara el porqué de esas medidas en contra de los guardias civiles, tenemos nuestro propio régimen disciplinario, tenemos el código penal, y teníamos el CPM en temas de misiones militares y o servicios de naturaleza militar, pero ahora volvemos a tener el Código Penal Militar+Código Penal+régimen disciplinario.

Yo desde mi particular punto de vista lo veo exagerado.

Por supuesto que ni las prisiones están a reventar ni tampoco hay fusilamientos al amanecer, pero creo que no somos tan defectuosos para tener tres frentes con los que lidiar.

Considero que todo ello a la hora de tomar decisiones durante nuestro trabajo nos hará reaccionar mas lentos, pues una decisión equivocada nos puede acarrear grandes males. Lo mismo que en el caso de desavenencias con un superior, todos sabemos que las órdenes no son siempre acertadas y un simple comentario sobre ella te puede acarrear serios problemas incluso en temas nimios.

¿Alguien me puede decir el motivo de esas medidas tan férreas...?

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Ubeda83
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Re: Nuevo CPM, ¿muerte de los foros?

Mensaje por Ubeda83 »

tarik escribió:A mi me gustaría que alguien me explicara el porqué de esas medidas en contra de los guardias civiles, tenemos nuestro propio régimen disciplinario, tenemos el código penal, y teníamos el CPM en temas de misiones militares y o servicios de naturaleza militar, pero ahora volvemos a tener el Código Penal Militar+Código Penal+régimen disciplinario.

Yo desde mi particular punto de vista lo veo exagerado.

Por supuesto que ni las prisiones están a reventar ni tampoco hay fusilamientos al amanecer, pero creo que no somos tan defectuosos para tener tres frentes con los que lidiar.

Considero que todo ello a la hora de tomar decisiones durante nuestro trabajo nos hará reaccionar mas lentos, pues una decisión equivocada nos puede acarrear grandes males. Lo mismo que en el caso de desavenencias con un superior, todos sabemos que las órdenes no son siempre acertadas y un simple comentario sobre ella te puede acarrear serios problemas incluso en temas nimios.

¿Alguien me puede decir el motivo de esas medidas tan férreas...?
Creo que estamos matando "moscas a cañonazos" y no debemos pensar en que son medidas "en contra de los guardias civiles", en sentido genérico.

Sin ser defensor "a ultranza" de la aplicación del CPM a los Guardias Civiles, que no lo soy,(y lo pongo en negrita para que quede claro y no se me malinterprete), debemos ir al ámbito de aplicación y a los casos tasados en los que va a ser de aplicación; que son LOS MISMOS que venía defendiendo la Sala V (de lo militar) del Tribunal Supremo. Osea, que POCO O NADA HA CAMBIADO de lo que YA teníamos; así que no veo yo muy fundamentado eso de "remilitarización" que algunos predican, porque nunca hemos dejado de tener carácter militar.

Si nos guiamos por el sentido común (y no es pedir poco) tenemos que considerar cual es el "bien jurídico protegido"... que voy a definir genéricamente "LO MILITAR". Pues todo lo que tenga que ver con esos principios militares que se pretenden proteger ( la disciplina, el principio de autoridad, jerarquía militar etc)... si la "gravedad" del hecho sobrepasa lo sancionable como falta grave o muy grave, pues se perseguirá como delito militar. Sino, pues nos iremos al Régimen Disciplinario

Por poner un ejemplo: no es lo mismo tener una bronca con tu Jefe, que puede quedar como una falta disciplinaria de "razones descompuestas o réplicas desatentas" o una "falta de subordinación"... a que le pegues "dos guantazos" o le insultes.
Podría poner más ejemplos, pero tampoco quiero extenderme demasiado para no aburrir al personal. Sólo espero haberme explicado

Vuelvo a repetir, NO SOY DEFENSOR de la aplicación del CPM, pero ni me "rasgo las vestiduras", ni se va a acabar el mundo, porque la aplicación será restrictiva y solo en aquellos casos en los que se haya sobrepasado el límite de lo disciplinario.

PERO igual que digo lo anterior, exigiría que DESAPARECIERA LA PENA DE PRISIÓN, O SE RECOGIERA LA POSIBILIDAD DE SUSPENSIÓN DE LA PENA, como en el Código Penal Ordinario, para condenas inferiores a los dos años y careciendo de antecedentes; porque a cualquiera se nos puede ir "la pinza" en un momento dado, y no puede ser que los delincuentes estén en la calle y los Guardias Civiles entren en la cárcel, por algo que perfectamente podría ser sancionado con días de suspensión de empleo y sueldo).

Un saludo

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tarik
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Re: Nuevo CPM, ¿muerte de los foros?

Mensaje por tarik »

Ubeda.. si entenderlo lo entiendo, pero no convence, si un guardia tiene como dices ciertas "complicaciones" con un superior ya tenemos nuestro régimen disciplinario sin tener que buscar una palanca con el CPM aludiendo a que somos de naturaleza militar, yo lo que entiendo y como tu bien dices todo va por el camino del interés para con los superiores, amedrantar con la disciplina militar.

Fuera del ámbito militar:
Replicas desatentas: Régimen disciplinario.
Agresión: Código Penal y régimen disciplinario.

Dentro del ámbito militar:
Réplicas desatentas: Régimen disciplinario.
Agresión: Código Penal y régimen disciplinario.

Caso de Guerra:
Réplicas desatentas: CPM
Agresión: CPM.

Yo recibo una agresión de un delincuente, éste agrede a un militar, pero....... no a fuerza armada, por lo tanto no a centinela: Código Penal.

Vamos a ver si el tema queda un poco coherente, porque yo no lo veo muy claro.

NO entiendo que yo pueda agredir a un superior de forma militar o de forma civil, otra cosa es que me quieran hacer comulgar con ruedas de molino.

Todo ello basándome en las replicas que nos dan los políticos con respecto a las comparaciones con otras fuerzas policiales de países europeos.

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Ubeda83
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Re: Nuevo CPM, ¿muerte de los foros?

Mensaje por Ubeda83 »

tarik escribió:Ubeda.. si entenderlo lo entiendo, pero no convence, si un guardia tiene como dices ciertas "complicaciones" con un superior ya tenemos nuestro régimen disciplinario sin tener que buscar una palanca con el CPM aludiendo a que somos de naturaleza militar, yo lo que entiendo y como tu bien dices todo va por el camino del interés para con los superiores, amedrantar con la disciplina militar.

Fuera del ámbito militar:
Replicas desatentas: Régimen disciplinario.
Agresión: Código Penal y régimen disciplinario.

Dentro del ámbito militar:
Réplicas desatentas: Régimen disciplinario.
Agresión: Código Penal y régimen disciplinario.

Caso de Guerra:
Réplicas desatentas: CPM
Agresión: CPM.

Yo recibo una agresión de un delincuente, éste agrede a un militar, pero....... no a fuerza armada, por lo tanto no a centinela: Código Penal.

Vamos a ver si el tema queda un poco coherente, porque yo no lo veo muy claro.

NO entiendo que yo pueda agredir a un superior de forma militar o de forma civil, otra cosa es que me quieran hacer comulgar con ruedas de molino.
Si, estoy de acuerdo, PERO es que EL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO , NO ES EL MANDO (con nombre y apellidos) que recibe el "tortazo" ; es "la disciplina", es "lo militar", son esos elementos esenciales en cualquier Cuerpo Militar, los que no se pueden defender o mejor dicho, a cuyos "autores" no se puede perseguir en un Código Penal Ordinario, como por ejemplo unas lesiones, porque los valores esenciales de "lo militar" solo se pueden defender en un ámbito penal militar.

Ahí radica la diferencia, esa ha sido y es la interpretación de la Sala V del Supermo. Nosotros tenemos carácter militar, prestando servicio de seguridad ciudadana, o integrados en unidades militares. Como no nos podemos desprender de ese CARÁCTER MILITAR, con unos elementos esenciales, como la disciplina, la jerarquía militar etc etc., nos aplican el mismo código Penal Militar que al resto de Fuerzas Militares.

Y estoy haciendo de abogado del diablo... solo contesto a tu alegato

Un saludo

baltico17
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Re: Nuevo CPM, ¿muerte de los foros?

Mensaje por baltico17 »

Pensad que el espíritu teleológico de la ley disciplinaria sacada por el PSOE era que el CPM sólo se aplicase en misiones de carácter militar,como así se hacía constar en el preámbulo y el CPM quedó derogado tácitamente en su aplicación a los guardias en su trabajo.

Posteriormente, la sala V del TS hizo una interpretación a sensu contrario y comenzó a aplicar el CPM fuera del horario de trabajo, interpretación con el voto en contra de magistrados provenientes del ámbito civil que evidentemente no compartían esa visión interpretativa.

Y hemos llegado hasta la reforma actual que se plasma por ley la doctrina que venía aplicando la sala V, desde esa interpretación, en la que hubo votos en contra.

Pero, por tanto, la intención del legislativo con el gobierno del PSOE era que no se nos aplicase el CPM , sino solamente en misiones de carácter militar. Es ahora cuando por ley introducen esta "ligera" corrección, que según ellos es lógica. O sea que lo lógico a partir de ahora es que mientras trabajas y cumples misiones policiales se aplica el régimen disciplinario pero cuando sales del trabajo y vas, por ejemplo, al cine, a partir de ese momento se te aplica el CPM ¿?

Además , se trata de una Ley Orgánica, es decir que ahora para modificarla se necesita una mayoría cualificada

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Ubeda83
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Re: Nuevo CPM, ¿muerte de los foros?

Mensaje por Ubeda83 »

baltico17 escribió:...
...Es ahora cuando por ley introducen esta "ligera" corrección, que según ellos es lógica. O sea que lo lógico a partir de ahora es que mientras trabajas y cumples misiones policiales se aplica el régimen disciplinario pero cuando sales del trabajo y vas, por ejemplo, al cine, a partir de ese momento se te aplica el CPM ¿?
Claro, porque lo que no quieren es, que cuando vas al cine y te encuentras con tu Jefe o cualquier otro "superior", o al revés, te encuentres con un guardia a tus órdenes, le puedas partir la cara o cantarle las verdades del barquero, a cuenta de una ridícula sanción del Código Penal Ordinario (como sucedería si no estás de servicio o si es un paisano el que se la parte o le insulta)

AHÍ es donde están protegiendo ese "bien jurídico" , que de lo contrario quedaría en el limbo disciplinario.
El carácter militar del Guardia Civil NO se extingue en el momento en que se quita el uniforme

Esa es la explicación

Saludos

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