SANCIONES A LA DIRECTIVA DE LA AUGC

De todo un poco

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Ubeda83
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Mensaje por Ubeda83 »

branco escribió: 1.-Muchos Guardias Civiles a título individual se han visto sometidos a penas de prisión por hechos de mucha menor importancia ( tomarse un bocadillo en dependencia anexa) por lo que estas sanciones son una discriminación clara hacia ellos. No se puede manejar el Código Penal Militar dependiendo del imputado ( individuo o asociación que presiona al ejecutivo).


2.La Legislación aplicable en ambos casos era exactamente la misma: el CPM, sin modificación alguna. De ahí la petición objetiva y siguiendo el mismo criterio ( aunque no nos guste) del Fiscal Militar.
3.-¿Como se va a compensar esta discriminación ?.¿Quién la va a denunciar públicamente ?

Criticar el ingreso en prisión durante muchos años de nuestros Guardias Civiles y por otra parte consentir ser tratados ( con la misma normativa)vehemente y de forma desigual con respecto a ellos por el simple hecho de ser asociación en lugar de "individuo", es otra CACICADA más aunque ésta nos favorezca..........y así debemos reconocerlo si queremos seguir siendo objetivos.

Es mi opinión.
BRANCO
En este caso el CPM no ha sido aplicado. Desconozco si en los que mencionas se abrió expediente por falta grave y el Fiscal Militar informó que se instruyera causa por Delito Militar.

Pero una cosa sí que está clara, las circunstancias del momento no son las mismas, una Ley, o mejor dicho dos, iban a entrar en vigor de inmediato. Ambas directamente relacionadas con el motivo de la concentración.
No tenía lógica aplicar un CPM cuando vamos a desaparecer de su ámbito de aplicación. No sería "políticamente correcto".

Un saludo a todos.
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ELPATO
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Mensaje por ELPATO »

A veces, en cieros momentos de la vida, atendiendo a las circunstancias que nos rodean, hay que dar un paso adelante, aunque los que nos apoyan con su "presencia" no sean partidarios, no lo compartan, no lo entiendan, o simplemente no se atrevan a entenderlo.

En esos momentos, aún sin perder el tren por una posible indecisión, ese paso a delante significa llegar a la madurez, la madurez únicamentente se consigue sabiendo donde se quiere llegar, teniendo claro donde está la "meta", y por supuesto teniendo claro quienes son los "molinos de viento", la madurez no es ni cuestión de edad, ni cuestión de oportunismo, ni cuestión de escala, ni cuetión de ....... , es cuestión de pensamiento, cuando se tiene claro, es cuando se alcanza.

Un saludo.
En este mundo traidor, nada es verdad ni es mentira, todo es según el color del cristal con que se mira.

ELPATO
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Mensaje por ELPATO »

Ubeda83 escribió: No tenía lógica aplicar un CPM cuando vamos a desaparecer de su ámbito de aplicación.
Y sin el supuesto de desaparecer ¿eres capáz de aplicarme, fundamentado, algún ilicito de ese código cometido por alguno de los asistentes DE UNIFORME?

También puede contestar branco, la pregunta es dirigida a los dos.

Un abrazo.
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Ubeda83
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Mensaje por Ubeda83 »

ELPATO escribió:
Ubeda83 escribió: No tenía lógica aplicar un CPM cuando vamos a desaparecer de su ámbito de aplicación.
Y sin el supuesto de desaparecer ¿eres capáz de aplicarme, fundamentado, algún ilicito de ese código cometido por alguno de los asistentes DE UNIFORME?
Bueno, según parece el Fiscal Militar si encontró esos fundamentos; o al menos eso deduzco del contenido del post de Branco. Quizás un delito de Sedición del art 92; pero yo no te lo puedo fundamentar, porque no estoy de acuerdo.

Un abrazo

ELPATO
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Mensaje por ELPATO »

Normal que no estés de acuerdo, para que se cumpla la figura penal de la sedición tienen que darse unos parámetros.

Esta figura es muy complicada de aplicar, ya en el año 92 los tribunales militares (digo bien, militares) expusieron en los expedientes abiertos por sedición respecto del SUGC:

"Ha quedado demostrado que los guardias civiles se reunían en su tiempo libre y sin portar armas, tratando cuestiones de tipo político, como por ejemplo la desmilitarización de la Guardia Civil o la legalización de sindicatos en su seno. Tal actuación por si sola, no constituye ninguna amenaza para la seguridad nacional, ni el orden público, ni subvierte el orden constitucional. En su consecuencia quedan libres de cargos".

Donde está la diferencia, ¿en el número? éramos más de 4, ¿en el lugar?, muchas veces en parques públicos, ¿en el orden público?, no se disolvió la concentración como indica la ley si hubiera desórdenes, ¿en la seguridad nacional? ...........pufffff

La reunión del famoso 20 fue legítimamente pedida, autorizada por la Autoridad que correspondía y legalmente celebrada.

Ese delito por mucho que le pese al docto penal de la materia (hablo del fiscal, no de branco que podrá ser docto pero no hábil en estas lides) no se sostiene, el tumulto está bien definido en nuestro diccionario, pudo ser ruidosa, pero no desordenada (ambos conceptos tienen que estar cumplidos), no se portaron armas y por parte de los asistentes no se celebró con publicidad (la publicidad pudo provenir de otros lares, nunca de los "manifestantes") al ser el lugar elegido y concedido por quien tenía que concederse, un lugar público, por lo tanto la publicidad no la da una asociación, ni un colectivo ni unas personas encaramadas en un atril, la da el derecho a la información que ejercieron los periodistas que por casualidad o no, se encontraban en la vía pública.

El delito de sedición profesa a los cabecillas penas más importantes que a los "meros espectadores", nuestros mandos, adecuan este precepto a la disciplina militar, ellos ejercen de déspotas al aplicar las sanciones, las aplican a "los alfas" abusando se la autoridad que tienen.

Córtenle la testuz al toro, a la vaca no, la vaca me da leche .............................................. merengada la tendrán de tanto batirla.

Un abrazo.


PD.- Branco igual expondrá esos fundamentos, por mi parte el art. 92 queda derogado.
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branco
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Mensaje por branco »

http://www.libertaddigital.com/noticias ... 19424.html
la resolución, que lleva la firma de Mesquida, argumenta la rebaja de la sanción para "otorgar un voto de confianza a quienes no han sabido ajustarse a las exigencias de la disciplina en la normativa aún en vigor, en la esperanza de que, a partir de ahora, retomen la senda del respeto a la Ley y la utilización de los procedimientos de participación en los asuntos que las conciernen
".

¿Por qué no se otorgó ese voto de confianza a tantos guardias civiles que han ingresado en prisión ...........por comerse un bocata en una dependencia anexa a su puesto de trabajo por ejemplo?

¿De verás me queréis hacer creer que eso es un delito y el 20E no?

Enfín estas sanciones sólo vienen a demostrar lo que es la justicia militar......muy flexible dependiendo del imputado.....

BRANCO

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depeche
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Mensaje por depeche »

definitivamente........se te ha ido la pelota branco.
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"EL unico simbolo de superioridad que conozco, es la bondad"

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Mensaje por Piratabcn »

foncho escribió:
ELPATO escribió:Yo no califico de un éxito las sanciones depeche.

Son sanciones indiscriminadas atendiendo para empezar que en la tarima había más gente que los 20 espedientados, siguiendo con que los que estaban en la tarima hicieron lo mismo que los tresmil y pico de uniforme de abajo, ¿unos infringen y otros no? indiscriminadas y tendentes a ejemplarizar al puro estilo de los déspotas.

El tiempo pone a cada uno en su sitio y el sitio de este tiempo todavía no se ha acabado.

Los Guardias Civiles estamos acostumbrados a conseguir en los juzgados los derechos que por activa y por pasiva nos son negados dentro de la Institución, ahí acabarán las sanciones una vez más, recuerda que en el año 90 se abrieron 200 expedientes por sedición, en el 92 se archivaron las causas sin responsabilidad, por aquel entonces muchos eran los que pensaban que acabaríamos fuera de la Guardia Civil, aquí seguimos, le pese al que le pese.

¿donde se ha visto que porque pidas unos derechos que luego te legislan se sancione a los que lo piden?, bueno si, como dice la nota de UO en la Guardia Civil con el tema de la Seguridad Social, sólamente en este Cuerpo, pero bueno ya te digo que para eso están los tribunales.

No envaines la espada que esto no ha acabado.

Un saludo.
Totalmente de acuerdo compañero.

un saludo a todos.

Me uno a esa opinión...¡¡¡ Las espadas en alto hasta el final !!!,...en los Tribunales Civiles,...siempre o casi siempre, sse ha ganado,...lo que han hecho con los expedientes, es como en la guerra "un quinteo"...¡¡¡SEGUID LUCHANDO NO OS DEIS POR CONFORMES CON LAS SANCIONES !!!


Un saludo al foro y especialmente a los expedientados... :wink:
¡¡¡UNIDAD DE ACCIÓN DE TODAS LAS ASOCIACIONES DEL CUERPO!!!

ELPATO
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Mensaje por ELPATO »

Branco yo no te quiero hacer ver nada, la sentencia de delito de abandono de servicio por entrar en la dependencia de AENA, cuando al parecer estaba prohibido por orden verbal, para comerse un bocadillo, se las trae.

Nuestra historia está llena de aberrantes situaciones amparadas en el CPM, muchas de ellas ganadas, pero otras, como es ese caso, perdidas incluso en amparo, de ahí la importancia de desvincular ese código a las situaciones de servicio policial que desempeñamos.

Cierto es que según el imputado de que se trate ese código penal se intenta aplicar o no. Por seguir con esa figura de todos es conocido que a muchos compañeros se les ha aplicado por "ser pillados in fraganti" tomando un café (dígase el último caso conocido del compañero de tráfico que después de haber estado más de dos horas auxiliando a un camionero se lo intentaron aplicar cuando se fue a tomar un café), sin embargo a cualquier oficial que se nombre un servicio de vigilancia de servicios, se para a tomar un café y no pasa nada aunque se tire hablando con el empleado del bar medio servicio. (Distintos raseros).

Pero lo que yo digo, por mucho titular que se saque en prensa es que el delito de sedición no se sostiene en el caso del 20E, por eso no lo han aplicado, en la mesa de los generales estuvo. Lo que ha firmado Mesquida es "una rebaja" (será porque se acerca enero) sobre unas sanciones disciplinarias de la Ley 11/91 que el asesor jurídico militar quería que fuesen más duras, pero siempre dentro de ese marco legislativo, ¿el porqué? porque no encontraron base fundada para la aplicación de ningún delito militar, eso si, se agarran al tan ambiguo "realizar actos contrarios a la disciplina" y digo yo, los delegados provinciales no intervinieron en mayor medida que los allí concentrados, Delgado lo único que realizó fue el ejercer de presentador del acto y Perpinyá un discurso, un discurso no más contrario a la disciplina militar que el discurso que dio cierto general aludiendo al artículo 8 de la Constitución y que está aún reciente en la mente de todos, bueno, pues al general, falta leve.

¿Que me lo expliquen?.

Un saludo.
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branco
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Mensaje por branco »

Conste que no es que quiera que se les hubiese impuesto mayor sanción, pero sí creo que ése ha sido el broche de oro para demostrar lo que ha sido y seguirá siendo la justicia militar.

Puedo llegar a comprender que se sea "objetivamente" injusto pero no que se sea "objetivamente" parcial.

Saludos.
BRANCO

PD: PATO, nada que añadir........totalmente de acuerdo con tu post.

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