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En base a las exigencias del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas (RGPD), así como de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE o LSSI).

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- Asistencia en expediente disciplinario

Bella Villanueva Abogados
Calle Cea Bermúdez 56, 1º derecha.
Semiesquina Guzmán el Bueno
C.P. 28003.- MADRID
Letrada Directora: Dª María Bella García Villanueva
E-Mail: bella@bvillanuevaabogados.com

- Confección de instancias o recursos no judiciales

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- Contencioso administrativo

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Alauda Abogados, Bufete Multidisciplinar
Calle Hermanos Pinzón, 3, Bajo Izquierda
C.P. 28036- MADRID
Página Web: www.alaudaabogados.com
Letrado: D. Jesús Martín Vázquez
E-mail consultas: consultas@unionoficiales.org

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NOTICIA
 
03-02-2016 - Dirección - Union de Oficiales

Recurso contra la OM que regula los Cursos de Complementos de Formación
Recurso contra la OM que regula los Cursos de Complementos de Formación
La Unión de Oficiales ha presentado recurso, ante la Audiencia Nacional, contra la Orden Pre/2840/2015 por la que se regula el curso de complemento de formación para la integración e incorporación a la nueva Escala de Oficiales de la Guardia Civil, ya que su aplicación genera situaciones claramente discriminatorias para algunos de los Oficiales que decidan hacer estos cursos.
 
Es el caso, por ejemplo, de aquellos oficiales que accedieron a su respectiva escala eligiendo el francés para la prueba de idiomas y queven como el curso de complemento, preceptivo para formar parte de la nueva escala de Oficiales, solo incluye el inglés como asignatura de idiomas.
 
Además, por otro lado, hay que añadir que se considera a todas luces insuficientes, los 6 créditos asignados a dicha asignatura teniendo en cuenta que se trata de un curso en el que hay que formar de un modo real y efectivo para conseguir un nivel equivalente al SLP 2.2.2.2, tal y como establece la  Orden PRE/2900/2011 de 25 de octubre de 2011 que regula las competencias lingüísticas de los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil.
 
Otro de los motivos que argumentan el recurso está referido a que no se contempla la posibilidad de repetir curso para aquellos alumnos que suspendiesen, pese a que la ley ordena que, reglamentariamente, se establezcan las condiciones de repetición.
 
Uno de los puntos más polémicos es el relativo a la existencia de la modalidad de curso que conduce a la obtención del CACES (Necesario para el ascenso a Comandante) en el que se establece como único requisito el llevar cinco años en el empleo de Capitán. Con esta elección de criterio, a todas luces arbitraria, nos podríamos encontrar con dos capitanes de la misma  promoción, con idéntica formación pero que a uno de ellos le falten tres días para cumplir los cinco años en el empleo. Así, mientras uno puede optar a la modalidad “privilegiada” del curso, el otro se ve abocado a la versión “básica” por sólo 3 días.
 
Desde Unión de Oficiales somos conscientes de que es una cuestiónregulada por ley pero con ello pretendemos provocar una cuestión deconstitucionalidad sobre el texto legal, como haremos con ocasión de cualquier sucesivo desarrollo de la ley que perjudique los derechos e intereses de todos aquellos oficiales que decidan integrarse en la nueva escala.
 
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