Créditos para la integracion escalas

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baltico17
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Re: Créditos Para La Integracion Escalas

Mensaje por baltico17 »

No se trata de analizar si la enseñanza de unos y otros es buena, mala o regular. hay que partir de cuatro hechos.

1º Todos los oficiales han recibido una enseñanza correcta de acuerdo a lo que marcaba la normativa y de acuerdo a la escala a la que iba a ingresar y tanto la enseñanza de la escala superior como la de la escala de oficiales, mediante Ley se equiparan a enseñanzas superiores equivalentes a licenciado o a diplomado.
2º La enseñanza de la escala superior es equivalente a licenciado y la de la escala de oficiales es equivalente a diplomado.
3º Licenciado es equivalente a grado, diplomado no. Grado es igual a diplomado más 60 créditos ECTS, no créditos de los planes antiguos, sino créditos de los planes nuevos, en donde cada crédito supone 25 horas de trabajo y no 10 horas de clase lectiva.
4º Las asignaturas correspondientes a la enseñanza recibida en la GC y que no sea equivalente a diplomado o licenciado, o sea las de guardia, cabo y sargento no son susceptibles de convalidación de créditos por las universidades ( Yo curso derecho y sólo me convalidaron en su momento y por el plan antiguo, dos asignaturas optativas y los créditos de libre configuración en base a la enseñanza de la escala de oficiales únicamente, ignorando las de sargento).

Con todo lo expuesto si queremos que nuestro "equivalente" a diplomatura se equipare con un equivalente a grado, existen varias alternativas pero siempre partiendo del supuesto que nos faltan 60 créditos ECTS.

Esos 60 créditos ECTS se pueden solventar de tres maneras:
a) cursando un curso con asignaturas que sumen 60 créditos ECTS, que bien pueden ser a distancia. ( es lo que pretenden algunos de la ESO)
b) Que la experiencia laboral de los cuatro o cinco años de Alférez se convalide por esos 60 créditos, lo cual no es nada descabellado porque existen universidades que convalidan hasta 30 créditos ECTS de experiencia laboral, con unos años trabajados en el sector.
c) Que el oficial que haya superado una carrera universitaria o 60 créditos ECTS de cualquier carrera universitaria convalide los 60 créditos y con ello adquiera el "equivalente" a grado.

Es sólo una propuesta, creo razonable.

baltico17
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Re: Créditos Para La Integracion Escalas

Mensaje por baltico17 »

Sobre convalidación de experiencia laboral pongo algunos extractos y enlaces:

UNED http://portal.uned.es/portal/page?_page ... ema=PORTAL
10.- Puede servirme la experiencia laboral para convalidar algo en la UNED. Actualmente, en algunas Diplomaturas, Licenciaturas e Ingenierías de la UNED que tienen Prácticum o que así lo tienen establecido en su plan de estudios, se reconocen créditos por la experiencia laboral de nuestros alumnos. Este reconocimiento se potencia por la nueva filosofía del EEES, pudiendo establecerse en los nuevos títulos de Grado hasta 60 créditos de prácticas (un cuarto de la titulación). Será el plan de estudios correspondiente de cada Grado y la Comisión de Convalidaciones de cada Facultad o Escuela, dentro de los criterios generales establecidos por el Consejo de Gobierno, la que establezca qué actividades se reconocerán.

Universidad de Jaen http://www.ujaen.es/serv/secgen/normati ... F/D113.pdf
Solicitud de transferencia de créditos
CAPÍTULO V: Reconocimiento de otros estudios o actividades profesionales.
Artículo 8: Reconocimiento de otros estudios o actividades profesionales.
Conforme a los criterios y directrices que fije el Gobierno, y el procedimiento que establezca la Universidad de Jaén, podrán ser reconocidas como equivalentes a estudios universitarios: la experiencia laboral acreditada, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, las enseñanzas deportivas de grado superior y cualesquiera otras que establezca como equivalentes el Estado o la Comunidad Autónoma.

-----------------------
hay numerosas universidades que ya convalidan la experiencia laboral pero además indagando por la red he conseguido un documento, el cual adjunto, procedente del ministerio de educación, secretaría de universidades que admite la posibilidad de convalidar la experiencia laboral en el cambio de diplomado a grado sin que exista ningún límite de créditos a convalidar por la universidad que proceda al caso

baltico17
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Re: Créditos Para La Integracion Escalas

Mensaje por baltico17 »

A ver si consigo subirlo

baltico17
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Re: Créditos Para La Integracion Escalas

Mensaje por baltico17 »

Lo siento pero no consigo subir el documento. En otros foros es más fácil pero este es un lío subir archivos.

De todos modos el enlace es este:

http://www.humv.es/dmdocuments/noticias ... _grado.pdf

moar81
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Re: Créditos Para La Integracion Escalas

Mensaje por moar81 »

Tengo noticias de que en Cádiz a los Diplomados en Enfermería (DUE) les van a equiparar a Grado a todos los que acrediten 3 años de experiencia profesional.

manpasju
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Re: Créditos Para La Integracion Escalas

Mensaje por manpasju »

me da a mi que los de promocion interna a la hora de integrarnos vamos a tener un problema con los creditos.....

.....que es que nos sobran....jajaja...y no precisamente los del banco......
¡Qué buen vasallo sería si tuviese buen señor!

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Re: Créditos Para La Integracion Escalas

Mensaje por Formacion Union Oficiales »

Unas aclaraciones, pues me da a mi que hay cosas que no quedan claras:

Conforme a la Ley de Personal vigente, y el Real Decreto 1563/1995, la equivalencia del primer empleo de la Escala de Oficiales es al título del Sistema Educativo General de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico (primer ciclo), y el primer empleo de la Escala Superior a Licenciado, Arquitecto o Ingeniero.
Artículo 9. Efectos del cumplimiento de los planes de estudios.
1. La superación de los planes de estudios objeto de las presentes directrices generales tendrá, para quien la logre, los siguientes efectos:
a) La atribución del primer empleo de la Escala correspondiente.
b) La obtención de una titulación que equivaldrá, según los casos, a los títulos oficiales de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero y de Diplomado, Arquitecto técnico o Ingeniero técnico, previstos para el sistema educativo general.
2. Las titulaciones a que se refiere el apartado 1.b) de este mismo artículo surtirán efectos académicos plenos y facultarán a quien las ostente, de igual modo que facultan los títulos a que equivalen, para acceder, en el caso de la enseñanza de grado superior, al tercer ciclo de los estudios universitarios y, en ambos casos, para participar en los procesos selectivos de ingreso en los correspondientes Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado y demás Administraciones públicas.
La Declaración de Bolonia y articulación del nuevo Espacio Europeo de Educación Superior suprime esta dicotomía, reuniendo las enseñanzas superiores en un único nivel educativo superior, que pasa a denominarse GRADO.
De acuerdo con el R.D. 1397/2007, los títulos universitarios anteriores (licenciados y diplomados), mantendrán TODOS sus efectos Académicos y Profesionales. Así queda recogido en la Disposición Adicional CUARTA. También se establece que en caso de pretender cursar estudios de Grado, unos y otros podrán ver convalidados sus créditos con acuerdo a lo dispuesto en el presente Real Decreto en su art. 13, sin que en ningún caso se establezca en la presente norma que los Licenciados queden directamente asimilados a un Grado de nueva creación.Disposición adicional cuarta. Efecto de los títulos universitarios oficiales correspondientes a la anterior
Ordenación.
1. Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la entrada en
vigor del presente real decreto mantendrán todos sus efectos académicos y, en su caso, profesionales.
2. Quienes, estando en posesión de un titulo oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, pretendan acceder a enseñanzas conducentes a un titulo de Grado obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo dispuesto en el articulo 13 del presente real decreto.
(…)
3. Quienes, estando en posesión de un titulo oficial de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, pretendan cursar enseñanzas dirigidas a la obtención de un titulo oficial de Grado, obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo previsto en el articulo 13 del presente real decreto.

En el caso de los oficiales, con el nuevo plan de estudios y la nueva ley de personal, desaparecen las distintas escalas de oficiales, quedando unificadas en una única. En el caso de los alumnos de nuevo acceso a dicha escala única, la superación del correspondiente plan de estudios supondrá la obtención del título de Grado

Un saludo

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Re: Créditos Para La Integracion Escalas

Mensaje por Formacion Union Oficiales »

El artículo 13 del RD de ordenación universitaria:

Artículo 13. Reconocimiento de Créditos en las enseñanzas de Grado.
Además de lo establecido en el artículo 6 de este real decreto, la transferencia y reconocimiento de créditos en
las enseñanzas de grado deberán respetar las siguientes reglas básicas:

a) Siempre que el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.
b) Serán también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras materias de formación
básica pertenecientes a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder
.
c) El resto de los créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las restantes materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.

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